Motor

¿Es legal usar el DNI en lugar del carnet de conducir para circular?

Paula Buedo

Foto: Big Stock

Lunes 3 de abril de 2023

3 minutos

No llevar los documentos obligatorios puede conllevar una sanción

¿Es legal usar el DNI en lugar del carnet de conducir para circular?
Paula Buedo

Foto: Big Stock

Lunes 3 de abril de 2023

3 minutos

Subes al coche y estás listo para arrancar cuando te das cuenta de que has olvidado algo: no llevas encima tu carnet de conducir. Compruebas tu cartera y, efectivamente, el trocito de plástico que demuestra que puedes conducir no está. Sin embargo, sí llevas el DNI, otro documento expedido por el gobierno de España. ¿Serviría para sustituir al primero?

Aunque algunas personas crean que estos dos documentos son intercambiables, lo cierto es que no tienen el mismo efecto legal. Según el Reglamento General de Vehículos, el conductor de un vehículo estará siempre obligado a estar en posesión, llevar consigo y exhibir antes los agentes de la autoridad los siguientes documentos:

  • El permiso de circulación del vehículo o licencia de circulación en el caso de ciclomotores. El único documento que sustituye al permiso es una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.
  • La tarjeta de inspección técnica o, en el caso de los ciclomotores, el certificado de características técnicas.
  • También será obligatorio estar en posesión y llevar consigo el documento que autorice a la persona para conducir.

Si no quieres llevar el documento original y físico contigo, existen dos alternativas. En primer lugar, podrás utilizar una fotocopia, siempre y cuando esté debidamente cotejada. Para conseguir esto, deberás llevar la fotocopia y el original a una administración para que comparen ambos y, tras realizar los trámites correspondientes, añadan una leyenda que indique que es conforme al original.

Por otro lado, ya está disponible el formato digital de los documentos obligatorios en la aplicación MiDGT. Sin embargo, aconsejan llevar también los papeles y carnet en formato físico, ya que no todos los agentes que pueden requerirlos disponen de lectores de códigos QR. Además, los documentos de la aplicación solo son válidos en España.

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Sanciones y multas

La multa que tendrás que pagar si circulas sin carnet de conducir depende de otras muchas circunstancias. La más baja es de 10 euros, pues se trata de una infracción leve. Si lo llevas, pero hay algún dato erróneo o no actualizado, ascenderá a 80. Si está caducado, puede llegar hasta los 200 euros.

De mayor gravedad es la sanción a los conductores que circulen cuando se les ha retirado el permiso. Perderán cuatro puntos y deberán pagar 500 euros.

A pesar de que existe una base de datos donde figuran quiénes disponen de este permiso, las multas se aplicarán de igual forma, puesto que la ley establece que es imperativo llevar el carnet encima al conducir.

 

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Paula Buedo

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