La DGT pone condiciones para los patinetes: estos modelos quedarán prohibidos en 2027
El registro obligatorio y los límites técnicos decidirán cuáles pueden seguir circulando
La regulación de los patinetes eléctricos continúa avanzando en España. Este tipo de vehículos, que son muy utilizados para movilidad personal, se han consolidado como una alternativa en los desplazamientos dentro de la ciudad. Ahora, han pasado de ser prácticamente de uso libre a tener un marco normativo cada vez más estricto.
El aumento de su presencia en las calles y aceras ha llevado a reforzar las reglas de circulación y seguridad. Entre las medidas vigentes ya se encuentra la obligatoriedad de contar con seguro de responsabilidad civil, así como inscribirlo en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la Dirección General de Tráfico (DGT), un sistema que permite identificar cada patinete y vincularlo a su propietario.
Registro obligatorio y control del vehículo
Para poder circular de manera legal, los VMP (vehículo de movilidad personal) deben estar dados de alta en este registro obligatorio, lo que funciona de manera similar a una matrícula. El trámite implica el pago de una tasa de 8,67 euros y la obtención de una etiqueta identificativa que debe colocarse en el patinete.
Sin embargo, este proceso no es suficiente por sí solo. La norma exige que los patinetes cumplan una serie de requisitos técnicos que determinarán su validez a partir de 2027.
Los modelos de patinetes que fueron fabricados antes del 22 de enero de 2024 podrán seguir utilizándose hasta 2027, pero a partir de esa fecha solo se permitirán aquellos que cuenten con la certificación oficial conforme a la normativa vigente.

Requisitos técnicos para circular
Entre las condiciones que deberán cumplir los patinetes eléctricos destacan varios aspectos que están relacionados con la seguridad, la potencia y la estabilidad del vehículo. En caso alguien no cumpla con estos, su vehículo estará prohibido de circular.
La velocidad máxima estará limitada a 25 km/h, con sistemas que impidan manipularlos. En cuanto a la potencia, los modelos que no cuenten con auto equilibrio no podrán superar los 1.000 vatios, mientras que los que sí lo incorporen podrán alcanzar hasta 2.500 vatios.
Por otro lado, también será obligatorio tener un sistema de frenado doble e independiente, que sea capaz de garantizar la detención del vehículo incluso en caso de fallo de uno de los frenos. Con esto se busca evitar el riesgo de sufrir un accidente en caso no trabaje el freno principal de manera adecuada.
Además, la norma también exige un sistema completo de iluminación, con luces delanteras y traseras, luz de freno y elementos reflectantes visibles en distintas zonas del patinete para mejorar la seguridad principalmente en las horas de oscuridad.
Finalmente, se establecen condiciones sobre las ruedas y la estabilidad, en las que se exige un diámetro mínimo de 203 milímetros, ausencia de ruedas lisas y la incorporación de elementos que permitan mantener el patinete estable cuando está estacionado.

