Cómo puedes jubilarte en 2026 si tienes entre 61 y 63 años

La Seguridad Social permite la jubilación anticipada bajo una serie de requisitos específicos

3 min
Especial Transición Activa

La edad legal ordinaria de jubilación en España experimenta un aumento progresivo, siendo los 66 años y 10 meses en 2026, y con proyección de alcanzar los 67 en 2027. Además, durante este año, los trabajadores también podrán solicitar el retiro laboral ordinario desde los 65, siempre que cuenten con un mínimo de 38 años y 3 meses cotizados. En ambos casos la ley les permite cobrar el 100% de la pensión a la que tengan derecho.

Ahora bien, en un contexto de envejecimiento de la población y aumento de la esperanza de vida, la Seguridad Social permite asimismo distintos modelos de jubilación anticipada, cuyos solicitantes deben cumplimentar una serie de requisitos muy específicos. Quienes se acojan a esta posibilidad verán su pensión recortada, por la aplicación de coeficientes reductores.

Existe la posibilidad de jubilarse teniendo entre 61 y 63 años, ya sea de forma voluntaria o por despidos por causas ajenas, y solo estarán disponibles para aquellos trabajadores que cumplan las condiciones fijadas en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en sus artículos 207 y 208.

Requisitos para jubilarse entre los 61 y 63 años

Podrán acceder a esta fórmula de jubilación anticipada los trabajadores por cuenta ajena o autónomos que estén dados de alta o en situación asimilada en la Seguridad Social, y tendrán que cumplir requisitos que dependen de la edad del solicitante y del tipo de jubilación.

- La jubilación anticipada voluntaria es posible desde los 64 años y 10 meses, en el caso de que la persona disponga de menos de 38 años y 3 meses de cotización. Y también es factible con 63 años, pero solo para quienes acumulan 38 años y 3 meses de cotización o más.

- La jubilación anticipada involuntaria (o forzosa) se puede solicitar desde los 61 años, y para ello debe estar causada por un cese involuntario de la actividad laboral derivado de motivos como EREs, despidos objetivos, finalización del contrato "por fuerza mayor" o casos de violencia de género. Los solicitantes tendrán que contar con 38 años y 3 meses cotizados, de los cuales 33 sean efectivos, y además, haber estado inscritos como demandantes de empleo al menos 6 meses antes de la solicitud.

 

EuropaPress 7499677 instituto nacional seguridad social inss
Fuente: EuropaPress
 

Asimismo, quienes tengan 62 años podrán jubilarse con el modelo anticipado involuntario, si sobrepasan los 38 años y 3 meses de cuotas abonadas a la Seguridad Social. En caso de que tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados, deberán esperar a cumplir los 62 años y 10 meses. 

También posible la jubilación parcial

Durante 2026, también se permite esta fórmula a los trabajadores, tanto con contrato de relevo como sin él. La diferencia se basa en la edad de acceso.

- Jubilación parcial sin contrato de relevo. La edad de jubilación será la edad legal ordinaria, es decir, 66 años y 10 meses (con menos de 38 años y 3 meses cotizados) o 65 años, cuando se supere esa cotización.

- Jubilación parcial con contrato de relevo. Es preciso haber cumplido una edad inferior en tres años, como máximo, a la ordinaria de jubilación. Por lo tanto, este año, son precisos 63 años y 10 meses para personas con cotizaciones superiores a 33 años y menos de 38 años y 3 meses; y se podrá acceder a ella con 62 años, para cotizaciones superiores a 38 años y 3 meses.

Efectos de la jubilación anticipada en la pensión

La posibilidad de adelantar la jubilación resulta en que el solicitante no recibirá el cien por cien de su pensión, sino que se enfrentaría a reducciones que oscilan del 2,81% al 21%. Estas reducciones no dependen solo de los años cotizados de la persona, sino también de los meses de diferencia que haya entre la solicitud y la edad legal de jubilación. Por ejemplo, un trabajador que solicite la jubilación 24 meses antes de la edad legal percibiría una reducción del 21% si ha cotizado 38 años y 3 meses; y del 13% si ha cotizado 44 años y 6 meses.

Por el contrario, este tipo de coeficientes reductores es inferior para las jubilaciones anticipadas por causa involuntaria. En este caso, con cuatro años de antelación, la reducción sería del 30% para la carrera mínima y del 24% para la carrera superior a 44 años y 6 meses; y, con dos años de antelación, del 15 y 12% respectivamente.

¿Cómo solicitar el retiro anticipado?

El proceso de solicitud de la jubilación anticipada debe iniciarse el mismo día que el cese de la actividad económica, o siempre y cuando se encuentre en los tres meses anteriores o posteriores a la fecha marcada. Dicho proceso será regulado e impulsado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La solicitud se puede presentar de forma presencial en los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social o telemática en la Sede Electrónica de la Seguridad Social y del Portal tu Seguridad Social.