Cartas a la directora

Subvenciones para ascensor y su inclusión en el IRPF cuando se trata de matrimonio en gananciales

Ana María Álvarez

Domingo 7 de mayo de 2023

2 minutos

¿No hay ascensor en tu casa? Si tienes más de 70 años tienes derecho a pedir que lo instalen
Ana María Álvarez

Domingo 7 de mayo de 2023

2 minutos

Cartas al director (cintillo)

 

Agradecería vuestra opinión sobre el siguiente tema:

Una comunidad de vecinos solicita subvención para instalación de ascensor. Una vez concedida, el importe se distribuye entre cada uno de los vecinos en función de su porcentaje de participación. En el caso que planteo, se trata de la vivienda habitual de un matrimonio casado y viviendo en gananciales.

La subvención la solicita sólo uno de los cónyuges, entendiendo que a la hora de hacer la declaración de la Renta se distribuirá al 50% entre los dos cónyuges.

Pues reciben el borrador del IRPF y se encuentran con que la subvención en cuestión se la atribuyen exclusivamente al solicitante. Si la hubieran solicitado los dos cónyuges, sus declaraciones hubieran sido negativas. Al solicitarlo solo uno, el matrimonio se ve afectado por un desembolso muy importante, pues estamos hablando de ingresos mínimos.

Mi pregunta es por qué los administradores o las propias administraciones no advierten de esta circunstancia para evitar quebrantos económicos a los más débiles, es decir, que en casos de propiedades compartidas, como es el caso de un matrimonio en gananciales, sean ambos titulares quienes soliciten la subvención.

¿Hay alguna posibilidad legal de poder corregir este daño económico que está basado exclusivamente en una falta de información completa a los solicitantes de subvenciones? Muchas gracias.


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Ana María Álvarez