Archivada la causa contra la residencia de Tremp (Lleida) en la que murieron 64 mayores por Covid

Se juzgaba un presunto delito de la dirección del centro contra los derechos de los trabajadores

Archivada la causa contra la residencia de Tremp (Lleida) en la que murieron 64 mayores por Covid Miia

La Audiencia de Lleida ha confirmado el archivo definitivo de la causa penal contra una residencia de mayores de Tremp (Lleida) por la gestión del Covid-19 en lo relativo a un presunto delito contra los derechos de los trabajadores.

Esta causa se inició tras la denuncia interpuesta por la Fiscalía Provincial de Lleida después de un brote que causó la muerte de 64 de los 142 residentes y el contagio de varios empleados entre noviembre de 2020 y diciembre de 2021, y que obligó a la Generalitat a intervenir el centro.

En el auto consultado por Europa Press, el tribunal ratifica el sobreseimiento dictado por el tribunal de instancia de Tremp y concluye, en la misma línea que la instructora, que ante el masivo número de contagios es "evidente" que hubo numerosas dificultades para que los responsables de la residencia implementaran las medidas con la celeridad que exigía la gravedad de la situación.

Sin embargo, sostiene que "estas dificultades no son atribuibles a ninguna acción u omisión dolosa o imprudente" por parte de la que entonces era la directora del centro, ni tampoco de la responsable higiénico sanitaria o los miembros del Patronato que también fueron investigados.

Argumenta que, en lo que respecta a una supuesta falta de formación de los trabajadores, de las diligencias practicadas se desprende que durante en marzo, abril y mayo de 2020 se realizaron diversos cursos, en los que se les dieron directrices sobre "contagios, medidas de transmisión, personas de riesgo, cómo actuar en el caso de síntomas compatibles y el uso de las medidas de protección o EPIS".

De ello se concluye que, en los primeros meses de la pandemia, todos los trabajadores de la residencia recibieron información sobre el Covid y sobre qué hacer para evitar transmisiones.

Contagios

Si bien el recurso alude a que no se tomaba la temperatura de los trabajadores antes de iniciar su jornada, pues se acordó que lo hicieran en sus casas antes de comenzar el turno, el tribunal considera que esta decisión "no constituye ninguna negligencia imputable a los responsables de la residencia" y que, aun habiéndose hecho, tampoco sería garantía absoluta de evitación de los contagios.

Además, descarta que "se infringiera la normativa de seguridad e higiene en el trabajo por falta de material o EPIS", pues existía acopio suficiente de mascarillas y guantes.

Sobre el hecho de que los vestuarios de los trabajadores no estuviesen correctamente adaptados para la nueva situación y que este pudiese haber sido un foco de contagio, la Audiencia considera que "esta afirmación se basa en simples sospechas".

En cuanto a una fiesta con motivo de la Castanyada que se celebró los días 29 y 30 de octubre, la Audiencia sostiene que se hizo en una sala grande, con buena ventilación, salida al jardín y con los residentes de una planta, haciendo uso de mascarillas y sin que hubieran participado los dos trabajadores que arrojaron los primeros positivos, por lo que tampoco se puede afirmar que los contagios se hubiesen originado con motivo de esta celebración.