La CNMC pide cambios en la normativa de la Tarjeta Europea de Discapacidad

Reduce las barreras a la movilidad y favorece que sus usuarios participen en los mercados

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Las nuevas tarjetas europeas de discapacidad y de estacionamiento estandarizarán formatos (físico y digital) y facilitarán acreditar a sus usuarios en la Unión Europea. La CNMC ha analizado su normativa reguladora a solicitud del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (IPN/CNMC/022/26).

El sistema reforzará la libre circulación y la seguridad jurídica de sus usuarios y les facilitará acceder en condiciones de igualdad a servicios, prestaciones en sentido amplio e instalaciones de estacionamiento durante estancias temporales en otros Estados miembros.

La valoración de la CNMC es positiva. Se eliminan obstáculos por la falta de reconocimiento uniforme entre Estados miembros. Puede favorecer la participación de sus usuarios en los mercados y reforzar la competencia en sectores como el transporte, turismo, cultura u ocio. Estandarizar las tarjetas y sus formatos también puede generar más confianza en los operadores, reducir costes de verificación y facilitar la transparencia.

 

La CNMC sugiere cambios en la normativa de la Tarjeta Europea de Discapacidad

Recomendaciones

No obstante, la CNMC sugiere incorporar una descripción más detallada y sistemática de los conceptos “trato preferente” y “condiciones favorables” asociadas a la Tarjeta Europea de Discapacidad.

El proyecto contiene definiciones abiertas y ejemplos limitados susceptibles de generar incertidumbre sobre el alcance de los derechos reconocidos y las obligaciones de los operadores. Para reforzar la seguridad jurídica y garantizar una aplicación homogénea, se aconseja tomar como referencia el mayor nivel de concreción previsto en la normativa europea.

La CNMC puede actuar de manera consultiva a solicitud de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios o de oficio de acuerdo con la Ley 3/2013 de creación de la CNMC.