Sociedad

¿Cómo reclamar ante un imprevisto en una boda, bautizo o comunión?

65ymás

Foto: Bigstock

Sábado 7 de mayo de 2022

5 minutos

Legálitas ha querido recuerda el tipo de reclamación que se puede exigir en cada caso

¿Cómo reclamar ante un imprevisto en una boda, bautizo o comunión?
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Sábado 7 de mayo de 2022

5 minutos

Mayo es el mes que da comienzo a la temporada de bodas, bautizos y comuniones. Celebraciones que se organizan con mucha antelación para que todo salga perfecto, y no haya imprevistos.

Precisamente, para que los protagonistas no se lleven una desagradable sorpresa, Legálitas aconseja pedir presupuesto en diferentes establecimientos y dejar todo por escrito en un contrato o documento, en el que quede reflejado todos los aspectos pactados con los proveedores como la fecha de la celebración, el número de comensales, precio por persona (incluyendo impuestos), el sitio preciso de la celebración, las formas de pago, el importe que se ha entregado en concepto de señal y las condiciones de contratación contemplando expresamente, además, una posible cancelación y las penalizaciones en caso de imprevistos.

Pero a pesar de tenerlo todo bien organizado, siempre pueden surgir varias incidencias el mismo día de la celebración, y por eso Legálitas ha querido recordar el tipo de reclamación que se puede exigir en cada caso. 

¿Qué opciones legales existen si el vestido no llega a tiempo o no está terminado?

Legálitas ha señalado que en base al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el consumidor puede reclamar al establecimiento si no está conforme con el vestido, ya sea porque no ha quedado bien o por incumplimiento contractual si no se recibe lo contratado. Este incumplimiento se regirá por la normativa general de obligaciones y contratos contenida los artículos 1101 y 1124 del Código Civil.

Por ejemplo, si el vestido no llega a tiempo, el establecimiento tendrá que devolver el importe abonado más los daños y perjuicios que se puedan demostrar, incluidos los morales. Para poder pedir la indemnización por daños y perjuicios, hay que probar que existen.

Para solicitar el reembolso, hay que interponer una hoja de reclamaciones en el establecimiento, o solicitar un arbitraje de consumo si el establecimiento está adherido. Ninguna de las dos opciones supondrá un gasto para el consumidor. En el peor de los casos, se puede interponer una demanda judicial.

¿Se puede reclamar si el restaurante decide unilateralmente cambiar el menú?

Legálitas recomienda tener previstas más de una opción de menú y dejar constancia de las alergias e intolerancias de los invitados.

Si en el último momento, el restaurante no puede servir el menú contratado o parte de él, porque los productos no han llegado a tiempo, se puede pedir una compensación al establecimiento, que dependiendo de la gravedad del incumplimiento y de su predisposición, tendrá que buscar una alternativa o solución, que minimice el perjuicio ocasionado al cliente.

 

El mensaje del dueño de un restaurante que indigna en Twitter: "Prohibido enfermar los findes"

¿Y si los invitados se intoxican durante el cátering?

Si durante la celebración alguno de los invitados sufre una intoxicación alimentaria por la ingesta de alimentos en mal estado, habrá que hacer una reclamación por responsabilidad civil al establecimiento. Los restaurantes suelen tener una póliza que cubre estos riesgos.

Desde Legálitas explican que es importante tener pruebas que demuestren la ingesta del alimento en el restaurante, la fecha del evento, la factura del restaurante, el informe médico del hospital o centro de salud donde acudieron los invitados, así como la relación de causalidad entre la patología sufrida y la ingesta del alimento. Asimismo, es aconsejable aportar un informe pericial que cuantifique el daño.

¿Qué posibilidades legales hay si la finca donde se celebra el convite quiebra?

Si ocurre esto se debe reclamar la devolución del importe que se ha entregado en concepto de señal de reserva, y una indenmización por los daños y perjuicios que se puedan demostrar como la diferencia de precio que los afectados tengan que pagar para la celebración del evento en otro restaurante de similares características.

Aún así, Legálitas asegura que si la reclamación se complica, habría que acudir al incidente concursal y cuantificar los daños y perjuicios ante el administrador concursal.

¿Y si los invitados se resbalan durante la celebración y terminan en urgencias?

Si alguno de los invitados sufriera lesiones por una caída consecuencia del defectuoso mantenimiento de las instalaciones o el mal estado del suelo, es posible reclamar una indemnización ejercitando la acción de responsabilidad extracontractual.

Además, el perjudicado tiene derecho a reclamar una compensación para reparar el perjuicio causado. Legálitas ha explicado que este deber se encuentra estipulado en el artículo 1.902 del Código Civil, en el que se establece que el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Normalmente, los establecimientos también cuentan con un seguro de responsabilidad civil que cubre estos riesgos.

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