¿Qué puedes hacer si un vecino no paga la comunidad y usa la piscina?

La LPH contempla la suspensión temporal del uso de instalaciones comunes para los morosos

¿Qué puedes hacer si un vecino no paga la comunidad y usa la piscina? Miia

Con la llegada del verano, las piscinas de las comunidades de vecinos vuelven a convertirse en uno de los espacios más utilizados por los residentes. En diferentes urbanizaciones, estas instalaciones son parte de las zonas comunes, junto a diversos servicios como campos deportivos, aparcamientos para bicicletas o parques infantiles.

Al tratarse de espacios compartidos por todos los vecinos, su uso está regulado por ciertas normas internas que establecen horarios, condiciones de acceso y criterios de uso con el objetivo de garantizar una buena convivencia entre todos los residentes.

¿Puede un vecino moroso utilizar la piscina?

Una de las dudas más habituales en el verano es si un propietario que no está al corriente del pago de las cuotas de la comunidad puede seguir utilizando la piscina y el resto de instalaciones comunes.

 

La LPH aclara qué puedes hacer si un vecino no paga la comunidad y usa la piscina

 

La respuesta a esta duda aparece en la Ley de la Propiedad Horizontal (LPH), la norma que regula los derechos y obligaciones de las comunidades de propietarios. En concreto, el artículo 21.1 establece las medidas que puede tomar una comunidad frente a los vecinos que mantienen deudas.

Qué dice el artículo 21.1

“La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones, siempre que no puedan reputarse abusivas o desproporcionadas o que afecten a la habitabilidad de los inmuebles. Estas medidas no podrán tener en ningún caso carácter retroactivo y podrán incluirse en los estatutos de la comunidad. En todo caso, los créditos a favor de la comunidad devengarán intereses desde el momento en que deba efectuarse el pago correspondiente y éste no se haga efectivo”.

De acuerdo con este artículo, la junta de propietarios tiene la posibilidad de aprobar la suspensión temporal de acceso a los servicios comunes, como en este caso la piscina, mientras el vecino continúe en situación de morosidad.

Además, la misma ley contempla que este tipo de medidas puedan incorporarse a los estatutos de la comunidad.

Es por eso que, si un propietario acumula impagos y sigue utilizando instalaciones compartidas, la comunidad puede recurrir a lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Propiedad Horizontal para limitar ese uso, siempre que la medida haya sido aprobada y respete los límites fijados por la normativa.

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