Sociedad

¿Se puede evitar pagar la comunidad de vecinos?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 12 de septiembre de 2025

4 minutos

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal es claro al respecto

¿Se puede evitar pagar la comunidad de vecinos?
Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 12 de septiembre de 2025

4 minutos

 

¿Pueden obligarme a ser presidente de mi comunidad de vecinos?

¿Hay una edad máxima para ser presidente de la comunidad de vecinos?

 

Las comunidades de vecinos constituyen la forma legal en la que se organizan los propietarios de un edificio o urbanización para gestionar los elementos comunes. Estas entidades son responsables de mantener en buen estado espacios como el portal, las escaleras, el ascensor, las zonas ajardinadas, la piscina o el garaje.

Para ello, cada propietario debe asumir una parte proporcional de los gastos generales de la comunidad, que se calcula en función de la cuota de participación asignada a cada vivienda o local. Y sobre esta obligación, el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es claro al respecto: todos los vecinos tienen que contribuir al sostenimiento de las cargas comunes, independientemente de que hagan uso o no de ciertos servicios. Esta obligación constituye la regla general y garantiza que el edificio pueda mantenerse en condiciones adecuadas de habitabilidad, seguridad y accesibilidad.

Excepciones a la obligación de pago

La propia ley, no obstante, contempla supuestos excepcionales en los que un propietario puede quedar exento de abonar determinadas cuotas. Estas situaciones son muy concretas y están estrictamente reguladas.

¿Hay una edad máxima para ser presidente de la comunidad de vecinos?

 

En primer lugar, si los estatutos o el título constitutivo del inmueble lo establecen, un local con acceso independiente a la calle podría no pagar gastos de portal o ascensor, al no utilizarlos.

Otra vía es el acuerdo unánime de la junta de propietarios, que puede decidir liberar a un vecino de ciertos gastos siempre que quede debidamente reflejado en acta.

Un tercer supuesto está relacionado con las mejoras no necesarias. Si se aprueba una obra cuyo coste supere tres mensualidades ordinarias y no es imprescindible para la conservación, seguridad o accesibilidad, quienes voten en contra pueden librarse de pagarla. Eso sí, tampoco podrán beneficiarse de la nueva instalación o servicio.

Lo que nunca exime del pago

La normativa también deja claro lo que no constituye causa de exención. El simple hecho de no utilizar un servicio común, como la piscina, el ascensor o el portal, no justifica dejar de abonar la cuota correspondiente.

Del mismo modo, las mejoras obligatorias por motivos de accesibilidad, conservación o seguridad deben ser financiadas por todos los propietarios, aunque antes existiera algún régimen de exención.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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