Planes de pensiones: entidades que los pueden comercializar y detalles a tener en cuenta
Se trata del producto de ahorro más frecuente entre los españoles
Uno de las alternativas de ahorro para la jubilación son los planes de pensiones. Se trata del producto financiero de ahorro a largo plazo más frecuente entre los españoles. El 21% de la población española tiene un plan de pensiones, según datos de la Encuesta de Competencias Financieras del Banco de España. Pero si todavía no tienes uno, debes saber algunos conceptos básicos, como las entidades que pueden ofrecerlo.
Según la normativa, pueden ser comercializadores de planes de pensiones individuales:
- entidades de crédito (bancos, cajas de ahorros, etc.)
- entidades aseguradoras
- empresas de servicios de inversión
- sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva
- entidades gestoras de fondos de pensiones
- agentes de seguros vinculados
- operadores de banca-seguros vinculados
- corredores de seguros

Atento a los gastos de contratación
La normativa establece que, al partícipe, la persona física a favor de la cual se contrata ese plan, no se le cobrarán ni los gastos de la contratación ni las remuneraciones/comisiones establecidas por los servicios de comercialización o mediación en la contratación del plan, según especifica el portal Finanzas para Todos del Banco de España.
Además, señalan que hay que tener en cuenta que no se aplican recargos impositivos (IVA u otros) sobre las aportaciones que realices al plan. Tampoco se pueden establecer recargos o comisiones por suscripción.
Información transparente
Los partícipes potenciales de los planes de pensiones deberán disponer de "información adecuada y transparente sobre los planes y fondos de pensiones", según el Banco de España. "Esta información debe permitirles fundamentar sus decisiones sobre la jubilación y conocer el contenido y evolución de sus derechos en el plan", insisten.
Para ello, la entidad gestora deberá elaborar y publicar un Documento con los datos fundamentales para el partícipe para cada uno de los planes de pensiones que esté abierto a comercialización. En la web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones tienes toda la info sobre este documento para el partícipe.

Desde 2025 se pueden rescatar a los 10 años
En la actualidad, el límite máximo deducible es 1.500 euros anuales para el plan de pensiones individual. En cuanto a la tributación, hay que hacerlo cuando la persona rescata el dinero, en cuyo caso deberá sumarlo a los rendimientos salariales o la pensión, y la cuantía a pagar dependerá de cómo se cobre el dinero.
Como gran novedad, desde el 1 de enero de 2025, ha entrado en vigor la denominada liquidez total, que consiste en que las aportaciones realizadas a planes de pensiones que tengan más de 10 de antigüedad pueden rescatarse de forma anticipada, sin nigún tipo de justificación.
