Miriam Gómez Sanz
Economía
Calendario Renta 2025-2026: fechas clave para hacer la declaración
Desde el primer día será posible presentar la declaración por Internet
La próxima Campaña de la Renta y Patrimonio arrancará el 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio de 2026, según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. El pistoletazo de salida será, como es habitual, por Internet, aunque antes de esa fecha ya se podrán consultar datos clave.
El inicio se retrasa unos días respecto a años anteriores, cuando comenzó el 2 y el 3 de abril. Esta vez, el calendario sitúa el arranque justo después de Semana Santa.

Antes de que se abra oficialmente la presentación, los contribuyentes podrán obtener el número de referencia, visualizar y descargar los datos fiscales y acceder a información general sobre la campaña.
Desde el 8 de abril se podrá consultar y confirmar el borrador de la declaración del IRPF por vía electrónica, a través del servicio de tramitación disponible en la sede digital de la Agencia Tributaria.
Quienes prefieran ayuda telefónica podrán solicitar cita entre el 29 de abril y el 27 de junio. La Agencia confeccionará declaraciones por teléfono desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio. La atención presencial en oficinas se desarrollará entre el 1 y el 30 de junio, con cita previa que podrá pedirse del 29 de mayo al 27 de junio.
No obstante, hay que tener en cuenta que si el resultado es a ingresar y se opta por la domiciliación bancaria, el plazo termina el 25 de junio.
En cuanto a los medios de pago, el ingreso podrá realizarse mediante domiciliación, cargo en cuenta, NRC (Número de Referencia Completo), tarjeta de crédito o débito en entorno seguro o a través de transferencias instantáneas en plataformas de comercio electrónico seguro, como Bizum. También se podrá generar un documento de ingreso para pagar en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido.

Quién está obligado a declarar
Deberán presentar declaración quienes hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o más de 15.876 euros de dos o más pagadores.
También estarán obligadas las personas dadas de alta en cualquier momento del año como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar. También estarán obligados los titulares del ingreso mínimo vital y los miembros de su unidad de convivencia.
En cambio, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no tendrán obligación de declarar, siempre que el Congreso ratifique el real decreto ley que incluye esta medida.

El balance de la campaña anterior
En la última campaña cerrada, correspondiente a 2024, la Agencia Tributaria devolvió 13.094 millones de euros a más de 15.611.000 millones de contribuyentes. A finales de diciembre ya se había abonado el 95,5% de los importes solicitados.
Se presentaron 24,7 millones de declaraciones, un 2,4% más que el año anterior. De ellas, el 65% salieron a devolver. Además, más de 47.000 contribuyentes rectificaron su declaración tras recibir aviso de la Agencia, evitando posibles intereses o sanciones.


