Consumo

FACUA denuncia a Netflix por su subida de precios

65ymás

Viernes 5 de noviembre de 2021

ACTUALIZADO : Martes 9 de noviembre de 2021 a las 10:32 H

3 minutos

Asegura que este incremento "no está fundamento en ningún motivo válido"

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Viernes 5 de noviembre de 2021

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FACUA-Consumidores en Acción ha interpuesto este jueves una denuncia ante el Ministerio de Consumo contra Netflix por no fundamentar ningún motivo válido contemplado en los contratos para aumentar los precios.

La denuncia ha sido presentada ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo y las autoridades de protección al consumidor de las diecisiete comunidades autónomas, según ha comunicado la organización de defensa de los consumidores.

Netflix comunicó en octubre la subida de precios de su plan Estandar y Premium, que pasaban a costar 12,99 euros (un euro más) y 17,99 euros (dos euros más), respectivamente. La compañía indicó a los clientes que esta subida se empezaría a aplicar a partir del siguiente ciclo de facturación.

La organización entiende que este aumento de tarifas responde a una cláusula de los términos y condiciones que reserva a Netflix la capacidad de cambiar sus precios cuando lo "considere oportuno", algo que FACUA considera abusivo.

"Esta cláusula de los 'Términos de Uso' debe reputarse como abusiva ya que la compañía pretende otorgarse la capacidad de modificar el contrato de forma unilateral, en cualquier momento y con base en circunstancias completamente indeterminadas", denuncia la asociación.

 

El Juego del Calamar (Netflix)

Motivos válidos

Así, el artículo 85 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece como abusivas "las cláusulas que reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato", circunstancia que no existe en este caso, según FACUA.

Además, el artículo 82 de la citada normativa señala también como abusivas aquellas cláusulas que "vinculen el contrato a la voluntad del empresario" y "limiten los derechos del consumidor y usuario".

De igual forma, el artículo 1.091 del Código Civil recoge que "las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos", mientras que el artículo 1.256 señala que "la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes" y el 1.258 indica que "los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley".

Por todo ello, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo que coordine con las autoridades de protección al consumidor autonómicas las actuaciones que sean necesarias para la apertura de los correspondientes expedientes sancionadores contra Netflix por haber incrementado sus tarifas unilateralmente.

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