Donaciones de padres a hijos para vivienda: cómo tributan en Baleares

Recibir medio millón de euros de los padres en las islas apenas cuesta 350 euros en impuestos

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Donaciones de padres a hijos para vivienda: cómo tributan en Baleares

 El mapa fiscal de las donaciones de padres a hijos para vivienda: así tributan en cada comunidad

El apoyo económico de padres a hijos para la compra de una primera vivienda se ha convertido en una tendencia imparable en España. Según los datos del Consejo General del Notariado, las donaciones han superado las 225.000 operaciones en el último año, en su mayoría transferencias de dinero destinadas a facilitar la compra de la primera casa. Sin embargo, estas operaciones no están exentas de impuestos. Deben tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya regulación depende de cada comunidad autónoma, lo que genera diferencias muy significativas entre territorios.

Para una donación de 500.000 euros en metálico destinada a la compra de una vivienda habitual por parte de un hijo de 30 años, la factura fiscal en Baleares es casi simbólica. Mientras que la media nacional muestra disparidades de hasta 277 veces entre regiones, en las islas la cuota a pagar se queda en tan solo 350 euros.

Este escenario sitúa al archipiélago justo por detrás de Canarias (110 €) y por delante de la Comunidad de Madrid (430 €), formando el "podio" de las regiones donde donar es más barato para el bolsillo de los ciudadanos.

El atractivo fiscal de Baleares reside en su normativa específica del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La clave es una bonificación del 93% que se aplica a las donaciones entre padres e hijos siempre que el receptor sea mayor de 21 años.

A diferencia de otras comunidades que ponen límites muy estrictos a la cantidad donada o exigen que el hijo sea menor de 35 o 36 años para aplicar reducciones por vivienda, Baleares ofrece un marco más amplio y sencillo que beneficia a una base de población mayor.

La donación se debe firmar ante notario.

 

A pesar de la generosidad del sistema balear, la Agencia Tributaria regional exige el cumplimiento de ciertos requisitos formales para no perder estas bonificaciones:

  • Escritura pública: es imprescindible que la donación se formalice ante notario. Si el dinero se transfiere por transferencia bancaria sin elevarlo a escritura pública, no se podrán aplicar las bonificaciones y el coste del impuesto sería drásticamente superior.
  • Destino de los fondos: debe quedar reflejado que el objetivo del dinero es la adquisición de la primera vivienda habitual.
  • Patrimonio preexistente: el receptor debe cumplir con los límites de patrimonio previo que marca la normativa autonómica para acceder a los tipos reducidos.