Donaciones de padres a hijos para vivienda: cómo tributan en Canarias
Es el "paraíso" de las donaciones: pagas solo 110 euros por recibir medio millón
El mapa fiscal de las donaciones de padres a hijos para vivienda: así tributan en cada comunidad
Las ayudas familiares para acceder a la vivienda se han convertido en una práctica cada vez más habitual. Según el Consejo General del Notariado, las donaciones han superado las 225.000 operaciones en el último año, en su mayoría transferencias de dinero destinadas a facilitar la compra de la primera casa. Sin embargo, estas operaciones no están exentas de impuestos. Deben tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya regulación depende de cada comunidad autónoma, lo que genera diferencias muy significativas entre territorios.
Según el análisis de los expertos de TaxDown, mientras que en La Rioja un joven debe pagar 30.500 euros por una donación de 500.000 euros para comprar su casa, en Canarias la factura se reduce a unos testimoniales 110 euros.
La abismal diferencia de costes (hasta 277 veces menos que en la comunidad más cara) sitúa a Canarias en el primer puesto del ranking nacional. Esta cifra convierte el impuesto en algo prácticamente simbólico, facilitando que el ahorro familiar llegue íntegro a su destino: la entrada para la primera vivienda.
El secreto de esta baja tributación reside en una normativa autonómica extremadamente generosa para los lazos familiares más estrechos (Grupos I y II: padres, hijos y cónyuges). Canarias aplica una bonificación del 99,9% sobre la cuota del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
A diferencia de otras regiones que imponen límites de edad muy estrictos (como los 35 años de Aragón o Castilla y León) o topes máximos de dinero donado para aplicar las mayores reducciones, la bonificación canaria destaca por su amplio alcance y su sencillez en la aplicación, siempre que se cumpla con el protocolo legal.
Para que un ciudadano canario pueda beneficiarse de este pago de tan solo 110 euros, la Agencia Tributaria Canaria exige que la donación se formalice ante notario. Realizar una transferencia bancaria sin elevarla a escritura pública supone perder el derecho a la bonificación del 99,9%.

