Este es el certificado obligatorio para deducir en la Renta obras de eficiencia energética
Las deducciones alcanzan hasta el 40% según el tipo de obra
La campaña de la Renta 2025-26 se inició el pasado 8 de abril y ya son millones los contribuyentes que han presentado su declaración a la Agencia Tributaria. Entre las medidas destacadas se mantienen tres deducciones temporadas que están vinculadas a inversiones realizadas en obras que mejoren la eficiencia energética de los hogares.
Estas deducciones cuentan con algunos requisitos, siendo el más importante la obligación de tener un certificado de eficiencia energética. Este documento, que es elaborado por un técnico especializado, mide el consumo energético de una vivienda y la clasifica en una escala que va desde la letra A hasta la G.
La primera deducción está dirigida a obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración. Se puede aplicar tanto en la vivienda principal como en otras que están destinadas al alquiler, siempre que se arrienden antes del 31 de diciembre de 2027. Las actuaciones deben haberse realizado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026 y lograr una reducción mínima del 7%. El porcentaje de deducción es del 20%, con un máximo de 5.000 euros.

Otra deducción está centrada en la mejora del consumo de energía primaria no renovable. En este caso, las obras deben conseguir una reducción de al menos el 30% en este indicador o permitir que la vivienda alcance una calificación energética con las letras A o B. Se aplican los mismos plazos que en el caso anterior, aunque el porcentaje de deducción asciende al 40% y el límite máximo se sitúa en 7.500 euros.
Por otro lado, la deducción por obras de rehabilitación energética afecta a viviendas, garajes y trasteros que estén ubicados en edificios de uso residencial. Las actuaciones se deben realizar entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 y cumplir con la reducción mínima del 30% en consumo de energía no renovable o mejorar la calificación energética del edificio hasta las clases A o B.
En este último caso, la deducción se puede aplicar en los ejercicios fiscales comprendidos entre 2021 y 2026, siempre que el certificado energético se haya emitido luego de finalizar las obras y antes del 1 de enero de 2027. La base de la deducción será de hasta 5.000 euros, tanto si el certificado se expide en el mismo ejercicio como si corresponde al año anterior.
En todos los supuestos, el momento en el que se emite el certificado de eficiencia energética es determinante, pues marca el ejercicio en el que se puede aplicar la deducción. Sin este documento, no es posible beneficiarse de estas ventajas fiscales en la declaración de la renta.
