
Ingreso Mínimo Vital: haz esta simulación para saber si puedes cobrarlo
En 2025, un beneficiario individual percibe 658,81 euros al mes

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
Forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
Para saber si cumples los requisitos para acceder a esta ayuda social, puedes realizar una simulación en la web del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, donde averiguarás qué importe te correspondería percibir, pues su cuantía fluctúa, según los ingresos de la unidad de convivencia.
Además, si tienes menores a cargo, puedes conocer si tienes derecho al complemento de ayuda a la infancia.

Cuánto se cobra de Ingreso Mínimo Vital
La cuantía del ingreso mínimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales.
La cuantía mensual de la renta garantizada en 2025 es:
- Para un beneficiario individual: el 100% del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. En 2025 son 658,81 euros. Esta cantidad se incrementa un 22% si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Para la unidad de convivencia, la cuantía anterior incrementada en un 30% por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%. Para 2025 los importes son:
- 856,46 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos.
- 1.054,10 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos.
- 1.251,75 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos.
- 1.449,39 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor.
Simulación, solicitud, cambio de datos....
Además de realizar la citada simulación del posible derecho a esta prestación, en la web y en el mismo momento es factible presentar la solicitud del ingreso mínimo vital. Igualmente, se puede acceder al borrador de la solicitud y también, una vez presentada la solicitud, ver su evolución y realizar gestiones/ trámites sobre la misma.
El Ministerio aclara que, si la persona ya tuviera concedida la prestación, pero hubiera cambiado la situación personal o familiar, los datos de contacto, domicilio o cuenta bancaria, etc., también podría comunicar dichos cambios en este enlace.
... y documentación necesaria
Para llevar a cabo estos trámites, y para acceder al formulario, el solicitante del ingreso mínimo deberá introducir los datos personales, facilitar una dirección de correo electrónico válida, hacerse una foto y adjuntar las fotografías del documento de identificación (DNI o NIE) para verificar la identidad.
Además, habrá de adjuntar otra documentación para enviar la solicitud. E incluso, tras el envío de la solicitud, se le puede requerir adjuntar nuevos datos pendientes u otras gestiones.
Requisitos básicos para cobrar el IMV
Los requisitos básicos son:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
- Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.
- Además de estos requisitos generales, deben reunirse una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.