Economía familiar

El pago en efectivo es legal y no te lo pueden negar: así te protege la normativa

Cerlesky Pérez

Sábado 6 de septiembre de 2025

5 minutos

Los comercios están obligados a aceptarlo

El pago en efectivo es legal y no te lo pueden negar: así te protege la normativa
Cerlesky Pérez

Sábado 6 de septiembre de 2025

5 minutos

En plena era de pagos digitales, muchos consumidores se preguntan si los comercios pueden imponer un único método de pago. La respuesta es clara: el efectivo sigue siendo un medio de curso legal protegido por la normativa vigente, y el consumidor tiene derecho a usarlo dentro de los límites establecidos. Así lo recuerda la compañía de servicios legales Legálitas, que aclara qué prácticas son legales y cuáles no.

Límites al pago en efectivo

De acuerdo con el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada en 2022, ningún comercio puede rechazar pagos en efectivo siempre que estén dentro de los límites legales. Estos límites son:

  • Pagos superiores a 1.000 euros cuando una de las partes es empresario o profesional.
  • Pagos de más de 10.000 euros cuando el pagador es persona física sin residencia fiscal en España (por ejemplo, turistas extranjeros).
  • Entre particulares no existe límite específico, aunque siguen aplicándose las normas de prevención de blanqueo de capitales.
El pago en efectivo es legal y no te lo pueden negar: así te protege la normativa
Fuente: BigStock

 

Por debajo de esos límites, el consumidor siempre tiene derecho a pagar en efectivo, y el comerciante no puede negarse.

Otros métodos de pago

A diferencia del efectivo, la normativa no obliga a los comercios a aceptar tarjeta, Bizum u otros medios electrónicos, salvo en casos muy concretos (por ejemplo, algunos servicios públicos como el taxi en ciertas ciudades). Lo que sí exige la ley es que los establecimientos informen de forma clara y visible sobre qué medios de pago aceptan.

En el caso contrario, el comercio sí puede exigir efectivo en importes inferiores a 30 euros, pero únicamente si lo indica mediante un cartel visible, según el Real Decreto-ley 19/2018. Para importes mayores debe ofrecerse al menos una alternativa al efectivo.

El pago en efectivo es legal y no te lo pueden negar: así te protege la normativa
Fuente: Big Stock

Sanciones por incumplimiento

Rechazar el pago en efectivo o incumplir los límites establecidos puede conllevar sanciones. Según Legálitas, se consideran infracciones que pueden ir desde multas leves de 100 a 10.000 euros, hasta sanciones de 100.000 euros en casos graves de prácticas sistemáticas que impidan el uso de efectivo y generen un beneficio ilícito.

Legálitas aclara que la definición de “pago en efectivo” incluye:

  • Billetes y monedas, nacionales o extranjeros.
  • Cheques bancarios al portador.
  • Otros medios físicos concebidos como medios de pago al portador.

Transferencias y Bizum

En el caso de las transferencias o Bizum, no existe límite legal específico, pero las operaciones deben quedar registradas y justificadas, ya que los bancos tienen la obligación de informar a Hacienda sobre movimientos sospechosos o de cuantía relevante en virtud de la normativa de prevención de blanqueo de capitales.

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Fuente: Big Stock

 

En Bizum, además, se aplican límites técnicos fijados por las entidades bancarias:

  • Máximo por operación: 1.000 euros.
  • Máximo de operaciones recibidas al mes: 60.
  • Límite diario o mensual: entre 2.000 euros al día y 5.000 euros al mes, dependiendo del banco.

Por último, Legálitas recuerda que existe la obligación de declarar ante Hacienda los movimientos de medios de pago a través de Mod.S1 cuando se trate de salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera y de movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

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Cerlesky Pérez

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