Renta 2025-2026: ¿cuáles son las rentas que no deben declarar los mayores de 65 años?
Uno de los principales beneficios afecta a la vivienda habitual
La campaña de la Renta 2025-2026 ya ha arrancado y trae consigo importantes ventajas fiscales para los contribuyentes de mayor edad. En el caso de los mayores de 65 años, la normativa del IRPF recoge varias rentas que no deben incluirse en la declaración, lo que puede suponer un ahorro significativo si se conocen bien.
Desde la Agencia Tributaria han explicado los distintos supuestos en los que estos ingresos están exentos, aunque en muchos casos es necesario cumplir determinados requisitos.
La vivienda habitual, completamente exenta
Uno de los principales beneficios afecta a la vivienda habitual. Los mayores de 65 años no tienen que tributar por la ganancia obtenida al vender su casa.
Esta exención es especialmente favorable porque:
- No exige reinvertir el dinero en otra vivienda.
- También se aplica si se transmite la nuda propiedad y se mantiene el usufructo vitalicio.
Para que se considere vivienda habitual, debe haber sido la residencia del contribuyente durante al menos tres años, salvo circunstancias excepcionales (como traslado, separación o fallecimiento), y haber sido habitada de forma efectiva.
Además, se mantiene la exención si la vivienda lo ha sido hasta cualquier momento de los dos años anteriores a la venta.

Venta de otros bienes: solo exenta con renta vitalicia
En el caso de otros bienes —como segundas residencias, acciones o fondos—, la ganancia solo queda exenta si se reinvierte en una renta vitalicia asegurada.
Para beneficiarse de esta ventaja:
- El dinero debe reinvertirse en un plazo máximo de seis meses.
- Existe un límite de 240.000 euros por contribuyente.
- Si se reinvierte solo una parte, la exención se aplica proporcionalmente.
Además, la renta vitalicia debe cumplir condiciones estrictas:
- Debe contratarse con una aseguradora.
- El beneficiario debe ser el propio contribuyente.
- Debe empezar a cobrarse en un plazo máximo de un año.
- Los pagos deben ser periódicos (como máximo anuales).
- No pueden reducirse más de un 5% respecto al año anterior.
Si no se cumplen estos requisitos o se rescata la renta antes de tiempo, la ganancia dejaría de estar exenta y habría que regularizar la situación.
Hipoteca inversa: el dinero recibido no tributa
Otra opción que gana peso entre los mayores es la hipoteca inversa. En este caso, las cantidades que se reciben utilizando la vivienda habitual como garantía no tributan en el IRPF.
Se trata de un préstamo diseñado para mayores de 65 años, que permite obtener liquidez —en forma de pagos únicos o periódicos— sin perder la propiedad de la vivienda. La deuda solo se exige tras el fallecimiento.
Prestaciones y ayudas públicas exentas
Más allá del patrimonio, existen diversas prestaciones que tampoco deben declararse, especialmente relevantes para personas mayores o en situación de dependencia.
Entre ellas destacan:
- Ayudas públicas para financiar la estancia en residencias o centros de día, siempre que los ingresos del beneficiario no superen ciertos límites.
- Prestaciones vinculadas a la dependencia, como cuidados en el entorno familiar o asistencia personal.
- Ayudas por acogimiento de personas mayores o con discapacidad.
- Pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Pensiones por inutilidad en el régimen de clases pasivas, cuando impiden trabajar.
- Prestaciones en forma de renta para personas con discapacidad procedentes de sistemas de previsión social, dentro de determinados límites.
No todos están obligados a declarar
Más allá de estas exenciones, conviene recordar que no todos los mayores de 65 años tienen que presentar la declaración de la renta. Con carácter general, no estarán obligados quienes perciban menos de 22.000 euros anuales de un solo pagador, aunque en algunos casos puede ser conveniente presentarla para beneficiarse de deducciones o posibles devoluciones.

