Economía familiar

Renta2020-2021: Deducciones autonómicas para paliar los efectos del coronavirus

Beatriz Torija

Martes 4 de mayo de 2021

7 minutos

Apenas seis regiones incorporan desgravaciones relacionadas con la pandemia

Renta2020-2021: Deducciones autonómicas para paliar los efectos de la COVID-19
Beatriz Torija

Martes 4 de mayo de 2021

7 minutos

Si el año pasado la campaña de la Renta estuvo condicionada por la pandemia porque fue la primera vez que tuvimos que presentar el IRPF en confinamiento, este año, la campaña del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas viene marcada también por los efectos económicos que el coronavirus ha dejado sobre nuestros bolsillos. Esta es la Renta del ejercicio 2020, el año en que más de tres millones y medio de personas estuvieron en un ERTE, el año en el que muchos autónomos vieron cesada su actividad y el año de las colas del hambre.

Es por eso que entre las novedades esta compleja campaña de la Rente de 2020 tenemos algunas facilidades administrativas. Entre ellas destaca que Hacienda permitirá este año a los afectados por ERTE que hayan cobrado una prestación fraccionar el pago en seis veces sin intereses, un pago más ventajoso que el habitual, que lo divide en dos veces. 

Además de esto, nos encontramos con que algunas comunidades autónomas han incorporado a su catálogo de deducciones y desgravaciones alguna novedad este año, con el con el objetivo de paliar la situación económica provocada por el coronaviurs.

Renta2020-2021: Deducciones autonómicas para paliar los efectos de la COVID-19. Foto: Europa Press

Andalucía

Andalucía cuenta con una deducción del 15% de las cantidades donadas a favor del Servicio Andaluz de Salud y siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la lucha contra el avance de la COVID-19. El importe máximo de deducción será de 500 euros anuales, por declaración, ya sea individual como conjunta.

Principado de Asturias

Asturias ha añadido, para esta campaña de la Renta, una deducción por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por la COVID-19 sobre los sectores especialmente afectados por al pandemia. Podrán beneficiarse los contribuyentes que hayan integrado en la base imponible general el importe correspondiente a las ayudas recibidas en este concepto. La cuantía de la deducción se obtendrá aplicando el tipo medio de gravamen de la base imponible general que corresponda a esa ayuda o subvención. Eso sí, la deuducción no es aplicable a los contribuyentes que hayan fallecido antes del 31 de diciembre de 2020.

Cataluña

Cataluña ha pensado en aquellos contribuyentes que, precisamente por haber estado en algún momento en un ERTE y, por tanto, por haber tenido doble pagador, se verán obligados a presentar la declaración de la Renta. Así, este comunidad permitirá a estos contribuyentes deducirse "la diferencia entre la cuota íntegra catalana y la cuota íntegra estatal, siempre y cuando esta diferencia sea positiva" para eliminar la desigualdas con el resto de ciudadanos que, por no tener doble pagador, no tendrán esa penalización extra.

Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana ha establecido un mecanismo similar al de Cataluña, que permite deducciones del tipo medio de gravamen autonómico sobre las ayudas o subvenciones otorgadas por la comunidad para afectados por un ERTE en 2020 y por reducciones de jornada por concilialiación familiar a causa del coronavirus.

La región por el que permite deducciones del tipo medio de gravamen autonómico sobre las ayudas o subvenciones otorgadas por la comunidad para afectados por Erte y por reducciones de jornada por conciliación familiar a causa del coronavirus.

Además, contempla deducciones de entre el 20 y el 25% en la cuota íntegra autonómica para las donaciones económicas hechas a entidades para financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por la COVID-19.

La Rioja

La Rioja ha introducido para la campaña de la Renta 2020 una interesante deducción para los gastos por la contratación de personal para el cuidado de ascendientes o descendientes afectados por Covid-19. Se trata de una deducción del 15% en las cantidades pagadas por esos cuidados relacionados con la COVID-19, ya se trate de positivos o por cuarentena. La deducción tiene un límite de 300 euros por contribuyente.

El requisito es que el contribuyente ejerza una actividad laboral, por cuenta propia o ajena, fuera del domicilio familiar y que se acredite la existencia de una persona con contrato laboral y alta en Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a Empleados del hogar-Cuidador de familias o similar para el cuidado de los menores o personas mayores.

Asimismo, cuenta con otra deducción por donativos realizados a la Comunidad Autónoma de La Rioja para paliar los efectos de la COVID-19. Se trata de una deducción del 15% con un máximo de 500 euros anuales o el 30% de la cuota íntegra autonómica del sujeto pasivo.

Vizcaya

En el marco de las medidas tributarias extraordinarias para hacer frente al impacto de la COVID-19, esta provincia vasca ha establecido una deducción del 10% por obras de renovación en la vivienda habitual sobre las cantidades pagadas, con un límite de 15.000 euros y una deducción para el impulso de la digitalización del comercio local del 10% de las cantidades pagadas, con un límite de 300 euros.

Además, Vizcaya ha eliminado los pagos fraccionados del IRPF de los trabajadores autónomos; ha mejorado los umbrales para la obligación de tributar para quienes obtengan rendimientos del trabajo.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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