Trucos fiscales antes de que acabe 2025 para ahorrar en la próxima declaración de la renta
La OCU aconseja revisar aportaciones, inversiones y deducciones
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que todavía estás a tiempo para tomar decisiones fiscales que permitan reducir la factura del IRPF. Con el cierre del ejercicio fiscal a la vuelta de la esquina, la organización anima a los contribuyentes a revisar sus inversiones, aportaciones y gastos deducibles para aprovechar las ventajas que ofrece la ley. Entre las recomendaciones destacan:
Aumentar las aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados o similares: estas aportaciones permiten reducir la base imponible general, aunque están sujetas a determinados límites: por ejemplo, el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas individuales, o un máximo de 1.500€/año, que puede ascender a 8.500€ adicionales en ciertas condiciones.
Planificar las ganancias y pérdidas patrimoniales: si durante 2025 se han generado ganancias y también se acumulan pérdidas en otras inversiones, la OCU aconseja materializar esas pérdidas para poder compensarlas con las ganancias. Pero señala que no se permite la compensación si las pérdidas provienen de donaciones, y advierte del error de vender y recomprar valores homogéneos en un plazo inferior a dos meses, lo que impide aprovechar las pérdidas fiscales.

Aprovechar la exención por transmisión de la vivienda habitual para quienes tienen 65 años o más: la ganancia obtenida en ese caso está exenta de tributación en el IRPF, por lo que la organización sugiere esperar a cumplir esa edad para beneficiarse de la exención.
Para quienes tienen inmuebles alquilados: revisar los gastos deducibles y, si al final del año el rendimiento es positivo, adelantar al mes de diciembre los gastos deducibles que puedan aplicarse.
Realizar mejoras en la eficiencia energética de la vivienda en 2025: la OCU explica que, si se acometen obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o que otorguen a la vivienda la clase A o B, se puede aplicar una deducción del 60% del importe pagado (descontando ayudas públicas) sobre una base máxima de 5.000€. Pero advierte que las obras deben pagarse sin metálico, deben contar con los certificados de eficiencia energética previos y posteriores adecuados, y deben estar registradas antes del 1 de enero de 2026.

Compra de vehículo eléctrico nuevo y/o instalación de puntos de recarga: si se efectúan en 2025 y se cumplen los requisitos que la normativa exige, se puede deducir el 15% de lo pagado, con un máximo de 20.000€ para vehículo y 4.000€ para el punto de recarga.
Amortización anticipada de la hipoteca para vivienda habitual adquirida antes del 1 de enero de 2013: quienes se encuentren en esta situación pueden aplicar una deducción del 15% sobre lo pagado en 2024 por el préstamo, hasta un máximo de 9.040€/años por declaración. Se sugiere que, si la suma de las cuotas anuales es inferior a ese máximo y el contribuyente dispone de ahorros suficientes, puede ser recomendable realizar amortizaciones anticipadas hasta alcanzar la cifra.
Donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro: los donativos efectuados este año deducen un 80% sobre los primeros 250€, y un 40% sobre lo que exceda esa cantidad; en el caso de entidades a las que ya se hubiera donado en 2023 o 2024 y se mantenga o aumente la donación, el porcentaje sube al 45%.
Certificado de discapacidad: si el contribuyente o sus descendientes tienen reconocido un grado de discapacidad del 33% o más, podrán aplicarse ciertos mínimos, reducciones y deducciones estatales o autonómicas.
Deducciones autonómicas: la OCU recuerda que las comunidades autónomas permiten deducir, en 2025, gastos como alquiler de vivienda, ayuda doméstica, gastos educativos, libros de texto, guardería, nuevas tecnologías, recursos energéticos renovables, etc.


