
La CNMC multa con 55.000 euros a la operadora Dialoga por uso indebido de números 902
La normativa prohíbe la retribución a las compañías por las llamadas a este “número inteligente"

La CNMC ha multado con 55.000 euros al operador de telecomunicaciones Dialoga Servicios Interactivos, S.A. por ofrecer a una empresa cliente la contratación de líneas 902 a cambio de un beneficio económico.
Según explica el organismo oficial en un comunicado "la normativa prohíbe expresamente la retribución a las compañías por las llamadas a este “número de red inteligente”, en las que el consumidor paga la totalidad de la llamada".
Los hechos sancionados ocurrieron entre enero de 2021 y febrero de 2022 y suponen una infracción grave de la Ley General de Telecomunicaciones. Esta resolución se ha aprobado con el voto particular de un miembro del Consejo de la CNMC.
#Telecos| La #CNMC sanciona a #Dialoga por el uso indebido de números 902.
— CNMC (@CNMC_ES) June 1, 2023
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Elevados costes, que varían si se llama desde un fijo o un móvil
La institución presidida por Cañi Fernández aclara que muchas empresas contratan las líneas 902 para centralizar los servicios que ofrecen a sus clientes "bajo el paraguas de un mismo número en todo el territorio en el que prestan servicios". Se trata de un “número de red inteligente” que además permite a las empresas conocer desde qué lugar geográfico se hace la llamada o a qué hora y esta información les permite mejorar sus servicios de atención al cliente.
Sin embargo, tal como denuncia la CNMC, "el precio de las llamadas a un número 902 resulta más elevado para los consumidores que las llamadas a números geográficos. Las llamadas a estos números no están incluidas en las tarifas planas y sus precios no están regulados, y esto permite al operador fijar el precio que considera oportuno. Además, el precio puede ser diferente si la llamada se realiza desde un teléfono fijo o móvil".

La prohibición de que se retribuya al abonado, hace que el cliente sea quien pague
La normativa no prevé qué servicios se deben prestar a través de esta numeración, pero recoge expresamente la prohibición de que se retribuya al abonado (persona física o empresa) que contrata la numeración 902, por las llamadas dirigidas a estos números. Esto significa que la compañía a la que el usuario llama para recibir una información no puede recibir una remuneración por la llamada. Es decir, el usuario tiene que pagar el coste íntegro de la llamada a su compañía telefónica.
Desde 2020, el ministerio de Consumo decretó que los números de tarificación especial, como los 902 y 901 dejaran de suponer un abuso en la atención al cliente de las empresas que prestan servicios básicos en España. De esta manera ningún teléfono de atención a los consumidores puede suponer un coste mayor al de una llamada telefónica a un fijo o móvil. Una norma que se aplica a empresas, públicas o privadas de productos y servicios.