Hay jubilados, antiguos mutualistas, que han fallecido sin haber llegado a recuperar el dinero que Hacienda les debe por haber tributado de más en la época en la que cotizaban en las antiguas mutualidades. El año pasado ya realizaron la petición para recuperar su dinero, pero Hacienda suspendió todas las peticiones no resueltas a finales de año. Si lo pidieron entonces, es probable que sus hijos estén al tanto de esas devoluciones y del derecho que tienen a reclamarlas. Pero puede que haya casos de personas fallecidas antes de 2024, desde el 2019, y cuyos herederos no estén al tanto.
La Organización de Consumidores y Usuarios recomienda en casos de hijos cuyos padres hayan fallecido entre 2019 y 2024 investigar si sus padres fueron mutualistas y, en caso de duda, reclamar.
"Quizás tus padres tributaron doble", sugiere OCU
“Si tu padre o tu madre murieron entre 2019 y 2024 y habían sido mutualistas en su día, puede que Hacienda les debiera una cantidad de dinero, a veces no pequeña”, dice la OCU.
“Si te estás preguntando qué son los mutualistas, se trata simplemente de personas que trabajaron antes de que la Seguridad Social fuera creada en el año 1967, o antes de que este organismo terminara de absorber a las mutualidades que hacían su papel, allá por 1979”, prosigue la OCU, que recomienda: “En la duda, reclama”.
¿Fueron mutualistas?
Lo primero que recomienda la organización de consumidores es averiguar si fueron o no mutualistas. Por eso, comienza la OCU explicando exactamente de quien estamos hablando.
En primer lugar, la OCU invita a pensar que los padres o un familiar falllecido pudieron ser mutualistas “si empezaron a trabajar antes de 1979, pues quizás cotizaron a mutualidades que la Seguridad Social fue absorbiendo desde su creación en 1967 hasta ese año. También serían mutualistas si trabajaban y cotizaban antes de 1967.”
A su vez, OCU explica el origen de esta deuda de Hacienda con los mutualistas: “A diferencia de otros trabajadores que pudieron descontar de sus ingresos sus cotizaciones a la Seguridad Social antes de pagar IRPF, ellos no podían descontar sus cotizaciones a las mutualidades. Y luego tenían que pagar IRPF por las pensiones generadas por esas cotizaciones”, asegura.
“Esta especie de doble imposición ha sido considerada injusta por el Tribunal Supremo y Hacienda se ha visto obligada a devolver las cantidades pagadas de más en los ejercicios no prescritos, que actualmente son los de 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023”, prosigue. “Por eso, si tus padres u otros familiares de los que seas heredero fueron mutualistas y fallecieron en alguno de esos ejercicios no prescritos sin haber recuperado el dinero que les correspondía, son sus herederos quienes pueden pedirle a Hacienda el dinero que en buena ley hubiera debido formar parte de la herencia”.
Los herederos podrán reclamar
Hacienda lo explica muy claramente en su sede digital, concretamente en el apartado de preguntas frencuentas dentro de la información para mutuallistas. “Si”, fa familia y los herederos pueden solicitar las devoluciones de IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y anteriores no prescritos, “cuando el beneficiario hubiera fallecido entre 2019 y 2024”, detalla.
La Agencia Tributaria, por tanto, permite que los herederos de aquellos jubilados, antiguos mutualistas, y que hayan fallecido en 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 o 2024, también puedan reclamar esas devoluciones pendientes. “El formulario de solicitud se podrá presentar con el número de referencia del fallecido" aclara AEAT en su sede digital. "Para fallecidos en los años 2023 o 2024, el número de referencia podrá obtenerse por internet a través del enlace: Agencia Tributaria: Número de referencia"
“Para los fallecidos en ejercicios anteriores, se podrá solicitar el número de referencia acudiendo a una oficina y justificando su condición de heredero" Para ello, tal y como recuerda Hacienda, es necesario pedir cita por internet. Se puede pedir. cita en el enlace: Asistencia y Cita (agenciatributaria.gob.es)"
“En todo caso, si el sucesor está dado alta en el registro de sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación", aclara la Agencia Tributaria. "Puede solicitar el alta en el Registro de sucesores a través del link o enlace: Registro de sucesiones y representaciones legales de menores y personas con discapacidad".
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.