La pasarela al RETA incluirá a jubilados y mutualistas con derecho a pensión
El Congreso da luz verde a una proposición ley más amplia
El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde este jueves a la denominada 'pasarela al RETA'. Con 180 votos a favor, ninguno en contra y 168 abstenciones, la proposición de ley con la que los colegiados mutualistas podrán transferir sus derechos económicos acumulados al Régimen de Autónomos (RETA) ha salido adelante. Se trata del último trámite de esta norma en la Camara Baja, que ahora pasará al Senado.
En la Cámara Alta el trámite será similar, con las fases de ponencia, comisión y pleno, y donde los grupos parlamentarios podrán dar luz verde definitiva a la norma, o seguir introduciendo cambios en el articulado del texto. Eso sí, todo cambio que se introduzca en el Senado tendrá que ser ratificado después en el Congreso antes de remitir el texto al Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta reforma permitirá a los profesionales integrados en mutualidades alternativas a la Seguridad Social trasladar sus aportaciones al Régimen de Autónomos del sistema publico. Y lo hace con cambios de calado respecto al texto inicialmente planteado: La norma establece distintos mecanismos para convertir las aportaciones realizadas en las mutualidades en derechos de pensión del sistema público. eliminando las restricciones inicialmente previstas.
En concreto, las limitaciones que se han retirado del proyecto de ley son el requisito de carecer del periodo mínimo para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de seguridad social, encontrarse en activo como profesional colegiado en la respectiva mutualidad a fecha de 2022 y no tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa. La propuesta de los populares ha salido adelante con los votos favorables de este partido, Vox y la abstención de Junts. Con esta modificación se amplía de forma signicativa el colectivo potencial, que podría alcanzar los 47.000 mutualistas, según los cálculos del Gobierno.
El dictamen disponía un coeficiente del 0,77, de manera que cada año aportado a la mutualidad no se traduciría en un año de cotizaciones de la Seguridad Social, como pedían algunos colectivos de abogados, sino que se calculará el tiempo equivalente a una aportación del trabajador por la base mínima de cotización del RETA. El Gobierno, mediante el uso del veto presupuestario a varias enmiendas de los grupos parlamentarios, impuso este mecanismo para evitar un coste elevado para las arcas de la Seguridad Social, pero finalmente el criterio del PP se ha impuesto en el pleno y el problema acerca de la definición de la fórmula se traslada al reglamento. Para los mayores de 52 años el texto inicial sí preveía que se puedan acoger a la fórmula más generosa del 1x1, que computa cada periodo cotizado en la mutualidad como un periodo equivalente en el RETA independientemente de los fondos. Esta medida pensada para los mutualiistas más mayores, con menos tiempo de maniobra antes de acceder a la jubilación, se mantiene.
Lo mismo ha sucedido con lo relativo a impedir o no el acceso a mutualistas ya jubilados, también vetado inicialmente por el Gobierno. Finalmente, se ha aprobado la enmienda que lo permitiirá.
La propuesta legislativa auspiciada por el PSOE busca solucionar un conflicto enquistado desde hace años que afecta a profesionales colegiados como la abogacía o la arquitectura entre otros, que al estar suscritos a un régimen de mutualidad se han visto abocados a situaciones de desprotección con pensiones muy bajas.
Los diferentes cambios legales, y sobre todo cuando en 2005 las mutualidades pasaron a ser un sistema de capitalización individual, hicieron que el régimen de aportaciones a las mutualidades se convirtieran prácticamente en planes de pensiones privados, dejando a muchos profesionales con pensiones de 400 o 500 euros tras décadas de trabajo.
Por ello, el partido mayoritario del Gobierno impulsó una reforma legal para dar una solución a estos afectados en forma de una pasarela con la que transferir sus derechos acumulados al Régimen de Autónomos y con la que la pensión, según el caso, podría pasar de 300 o 400 euros a 1.200 euros al mes.

Cambios en la tramitación
Eso sí, el texto que ha salido aprobado este jueves poco tiene que ver con el que se admitió a trámite en mayo del año pasado, pues durante la tramitación se han introducido diferentes cambios en el articulado que han modificado las condiciones de acceso a la pasarela.
El último cambio introducido ha sido en la votación en Pleno, donde el PP ha conseguido una mayoría suficiente (gracias al apoyo de Vox y UPN y la abstención de Junts y BNG) para eliminar diferentes limitaciones que ya se habían aprobado en la Comisión de Trabajo.
En concreto, el borrador aprobado en comisión excluía de la pasarela a los mutualistas pasivos, es decir a pensionistas y aquellas personas que contaban con el periodo mínimo para acceder a la pensión de jubilación en la Seguridad Social. Dicho borrador también fijaba un coeficiente del 0,77 para el traspaso de los derechos económicos.
La enmienda del PP aprobada en el Pleno elimina esas dos premisas. También se establece que todo el tiempo obligadamente suscrito a un régimen de mutualidad de previsión social sustitutiva hasta que pasó a ser alternativa se compute como tiempo de afiliación y alta al RETA a efectos del cómputo del periodo de carencia que se exige para la prestación de jubilación.
No obstante, fuentes parlamentarias han comentado a Europa Press que queda por ver cómo se articulan estos cambios y que, además, se esperan más modificaciones en el Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta. Eso sí, todo cambio que se introduzca en el Senado tendrá que ser ratificado después en el Congreso antes de remitir el texto al Boletín Oficial del Estado (BOE).
Tres meses para desarrollar la pasarela al RETA
Más allá de lo que ocurra en la Cámara Alta y de lo aprobado este jueves en el Congreso, la ley establece que reglamentariamente habrá un plazo de tres meses desde su aprobación para fijar los términos y condiciones de la transferencia de derechos económicos acumulados, y para la conversión de dichos derechos a periodos cotizados en el RETA.
También recoge que los mutualistas que hayan cumplido 52 años a 31 de diciembre de 2026 puedan acogerse a la fórmula 1x1, es decir que puedan computarse cada mes completo de alta y cotizado en la mutualidad alternativa como un mes completo de alta en el RETA en el momento de reconocimiento de la pensión de jubilación, a los "exclusivos efectos" del porcentaje a aplicar a la base reguladora.
Por otro lado, se establece que la transferencia de los derechos económicos acumulados en las mutualidades autorizadas para actuar como alternativas al RETA no tendrán consecuencias fiscales a efectos del IRPF.
Las mutualidades tendrán que hacer un informe
También queda fijada la obligación para las mutualidades de desarrollar semestralmente un informe que contenga, de forma transparente y clara, toda la información relevante referente a los fondos de sus mutualistas y su evolución.
Entre otros puntos, dicho informe tiene que indicar el valor actual actuarial de la renta inicial de los fondos, calculada conforme a criterios contrastables y equitativos, así como de las operaciones realizadas y cuyo coste pudiera recaer en los mutualistas.
Asimismo, se le deberán facilitar los documentos que contribuyan a la comprensión de las operaciones realizadas y también los relativos a la actividad de la respectiva mutualidad.
Las mutualidades deberán, además, remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones toda la documentación que le permita realizar su función de supervisión continua, mediante la comprobación, entre otros, de los estados financieros y contables, el análisis económico financiero, la revisión del cumplimiento normativo y la evolución de los riesgos y de la solvencia de dichas mutualidades.
El sistema de mutualidades convivirá con el RETA
Durante la tramitación parlamentaria también se aprobaron enmiendas para eliminar la obligación para los mutualistas de suscribirse, después del 1 de enero de 2027, al Régimen de Autónomos y mantener el sistema de mutualismo alternativo.
Así, la ley dicta que los mutualistas que quieran optar por este régimen tienen que tener los mismos derechos que el ordenamiento jurídico en su conjunto reconozca a los trabajadores por cuenta propia o autónomos y cuya financiación no se encuentre estrictamente vinculada a las cotizaciones a dicho régimen especial.
Junts también consiguió durante su paso por comisión el respaldo a una enmienda para que antes del 31 de diciembre de 2030, el Gobierno elabore un informe de evaluación sobre el régimen de alternatividad de las mutualidades de previsión social con respecto al RETA.
Por otro lado, queda reflejada la obligación para el Gobierno de aprobar, en el plazo de un año, las reformas normativas precisas para dotar al sistema de mayores garantías de transparencia en la información, supervisión y control de las mutualidades respecto de los profesionales colegiados que opten por mantenerse o acceder a las mutualidades de previsión social con carácter alternativo al régimen de Seguridad Social.
