Aprobada la nueva jubilación flexible: más incentivos para trabajar sin perder toda la pensión
Los ya jubilados podrán volver a trabajar a tiempo parcial, como asalariados o autónomos
Con casi un año de retraso, el Gobierno ha aprobado este martes los nuevos incentivos económicos a la jubilación flexible y ha mejorado la compatibilidad de la pensión con el trabajo. Tal como ha anunciado la portavoz del Ejecutivo y ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, el Consejo de Ministros ha dado vía libre al Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible.
La reforma de esta modalidad de retiro, la única que faltaba por acometer, tiene como meta que las personas jubiladas puedan trabajar sin perder completamente su pensión, incentivando así el envejecimiento activo y la permanencia voluntaria en el mercado laboral. Este Real Decreto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado).
La jubilación flexible ofrece la posibilidad, a los pensionistas de jubilación que voluntariamente lo deseen, de reincorporarse a la actividad y compatibilizar el percibo del importe de su pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia.
Según subraya Elma Saiz, el objetivo es "que los trabajadores tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión y ahora planteamos una modalidad de jubilación flexible mejorada”. Detalla que “podrán solicitar esta modalidad las personas que ya hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación y deseen volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de esa pensión”.

Mejoran los incentivos económicos
Una de las principales novedades es que ya no se limita únicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. También podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.
Además, no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible.
Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.
También se mejoran los incentivos económicos:
- En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada sube del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada de entre el 25% y el 75%.
- La cuantía de la pensión, con relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.
- Con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos seis meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. Así, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean iguales o superiores al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional.
- En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta el 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.
Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.
Además, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado.
La nueva regulación, que mejora las condiciones para las jubilaciones demoradas, se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, a excepción de los regímenes especiales de los funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Reforma de pensiones completada
Con estas mejoras, se completan las reformas iniciadas en 2021 y, en concreto, se desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que busca flexibilizar el tránsito del empleo a la jubilación y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilación.
"Los incentivos para la jubilación demorada y las mejoras en la jubilación activa están dando importantes resultados. Hemos facilitado diferentes opciones a los pensionistas para que, siempre desde la voluntariedad, elijan la modalidad que más se adecúe a su situación", ha indicado Saiz.
La ministra ha subrayado que los trabajadores que deciden demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria han aumentado considerablemente. De hecho, han pasado de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025 y, en lo transcurrido de 2026, superan ya el 12% de las altas y suman 15.600 jubilaciones de este tipo, más que en todo 2021.
Además, las jubilaciones anticipadas han pasado de superar el 43% en 2018 al entorno del 30% en la actualidad. El Ministerio apunta que no solo anticipan el retiro menos personas, sino que, además, se anticipa en menos meses.
En 2021, el 46% de las jubilaciones anticipadas se daban a la mínima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria) y el 73% anticipaban la jubilación en más de un año. En 2025, solo el 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida. Además, la proporción de los que anticipan más de un año ha caído al 60%.
Las nuevas jubilaciones activas, que favorecen seguir trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia después de demorar la jubilación, desde su entrada en vigor en abril de 2025 hasta diciembre del mismo año, han aumentado también y ahora hay 5.602 pensionistas más que en el mismo mes de 2024, con 70.467.
