Pensiones

¿Cómo afecta una baja laboral a la pensión de jubilación?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 12 de mayo de 2023

ACTUALIZADO : Viernes 12 de mayo de 2023 a las 10:36 H

4 minutos

A no ser que existan irregularidades, se seguirá cotizando

¿Cómo afecta una baja laboral a la pensión de jubilación?
Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 12 de mayo de 2023

4 minutos

La cuantía de la pensión de jubilación se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años que haya cotizado la persona y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda al retiro con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.

Como decíamos, el cálculo de la pensión de jubilación depende de las circunstancias personales y de la trayectoria profesional de cada persona. Uno de los aspectos que influye a la hora de realizar este cálculo es la baja laboral, que algunos trabajadores se ven obligados a pedir por diferentes motivos. 

Es natural que a medida que se va acercando el momento de la jubilación, los trabajadores que pasaron un periodo sin trabajar por motivos médicos, se pregunten cómo afectará esta situación a su pensión. 

Cabe recordar que en 2023 la edad legal de jubilación es de 66 años y cuatro meses, siempre que se haya cotizado durante al menos 37 años y nueve meses. Estos afortunados podrán cobrar el 100% de su pensión. Si se superan los años cotizados antes de los 66, los trabajadores podrán empezar a cobrar su pensión a los 65 años.

Tal y como explican en el blog Jubilación y pensión, no se deja de cotizar a la Seguridad Social durante una baja. De hecho, aseguran que por norma general, durante una baja por incapacidad temporal, la empresa para la que trabajes continúa cotizando por ti, mientras sigas teniendo un contrato vigente. 

"La obligación de cotizar subsiste de acuerdo con la normativa legal en diferentes casos, aunque el trabajador no esté trabajando, cumpliendo con sus obligaciones laborales en el sentido literal como ocurre cuando se está de baja", aclaran.

Bajas que cotizan 

Siguiendo con lo que dice la normativa, todos los casos en los que se cotice se tendrán en cuenta para calcular la pensión de jubilación, independientemente que correspondan a un periodo de baja laboral o se esté en activo.

 

¿Qué tipos de baja laboral existen? Maternidad

 

En concreto, las situaciones que computan a la hora de determinar esta cuantía son:

  • Situaciones de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
  • Períodos de descanso por maternidad o paternidad
  • Mientras se cumplen deberes de carácter público
  • Incapacidad temporal: enfermedad común y laboral, accidente no laboral o profesional.

Todos estos supuestos se computarán, a no ser que se descubran irregularidades. 

La incapacidad permanente

Pasado el tiempo correspondiente a la incapacidad temporal, si el trabajador no ha mejorado, ni tiene un diagnóstico favorable, puede ser declarado en situación de incapacidad permanente.

En este momento, la cotización del trabajador a la Seguridad Social se termina, y el afectado recibirá una prestación que puede alcanzar hasta el 75% de la base reguladora de la pensión de jubilación. 

¿Cómo afecta a mi pensión el tiempo que no he cotizado?

Las personas que hayan pasado un tiempo desempleadas, y, por tanto, sin cotizar, podrían ver como su pensión se ve afectada por estas lagunas de cotización, pero todo depende de en qué Régimen se esté adscrito.

Desde Jubilación y pensión explican que para intentar paliar los efectos negativos de esta situación, la Seguridad Social tiene una serie de reglas para que los periodos de cotizar se integren con unas cotizaciones ficticias: 

  • Las primeras 48 mensualidades sin cotización se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento. Si hubiera más de 48 mensualidades, el resto de mensualidades se integrarán con el 50% de esa base mínima.
  • A aquellas personas a las que resulte aplicable la legislación anterior a la Ley 27/2011, estas lagunas de cotización se integrarán con la base mínima de cotización vigente en cada momento.

Eso sí, esta fórmula no podrían utilizarla los autónomos, trabajadoras del hogar o del Régimen Agrario, por lo que en su caso las bases de esos meses tendrán un valor cero.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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