La pensión de jubilación es una prestación económica vitalicia que se concede a los trabajadores cuando dejan de trabajar. La ayuda lo que hace es sustituir los "ingresos del trabajo por una pensión vitalicia cuando el trabajador, por su edad, deja de trabajar total o parcialmente", explica la Seguridad Social en su página web.
Para poder ser beneficiario de esta prestación, en su modalidad contributiva hay que tener 66 años y cuatro meses de edad en 2023 o 65 si se tiene cotizados al menos 37 años y 9 meses. Aunque existen supuestos en los que el trabajador se puede jubilar antes de alcanzar la edad legal de jubilación, si se cumplen, de nuevo, con las condiciones impuestas por el organismo.
La otra condición es habercotizado un mínimo de 15 años, dos de ellos en los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento de jubilación.
Si se cumplen estos requisitos, llega el momento de calcular la pensión, que se hace aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años que haya cotizado la persona y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda al retiro con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda. Pero, ¿qué ocurre con los años o periodos que una persona haya estado en paro?
Se sigue cotizando
Mientras estemos cobrando la prestación contributiva por desempleo, seguiremos cotizando para la jubilación, con una base de cotización igual o parecida a la que teníamos mientras trabajábamos.Por otro lado, se cotizará por el resto de las contingencias comunes: la protección a la familia, invalidez permanente, prestación por muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad, asistencia sanitaria y farmacéutica.
Tal y como establece, la Ley General de la Seguridad Social durante el tiempo que una persona está percibiendo esta ayuda al desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresa las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social, asumiendo la aportación empresarial y descontando de la cuantía de la prestación la aportación que corresponde a dicho trabajador.
Es decir, la cotización se hace en forma de cuotas y correrá a cargo tanto del SEPE como del propio desempleado. Laparte que nos corresponde pagar a nosotros ya se deduce de la prestación que cobramos.
En otras palabras, aunque estemos cobrando el paro, seguiremos cotizando, y sin tener que hacer ningún trámite extra.
En cuanto al importe por el que se cotiza cuando estamos en paro, cobrando el subsidio por desempleo, la base resulta del cálculo de la media de las que tuvo el trabajador en los últimos seis meses que estuvo en activo, sin tomar en cuenta topes mensuales.
¿Importa el tiempo que esté en paro?
"Si está parado durante mucho tiempo y parte del mismo no recibe prestación contributiva, verá reducidos sus años de cotización y, por tanto, el porcentaje que se aplica a su base de cotización para determinar su prestación futura", explica Instituto BBVA de Pensiones.
Para poder acceder a una pensión contributiva hay que cotizar durante 15 años y, al menos, dos de ellos deben ser anteriores al momento de solicitud de la pensión. En ese caso, el jubilado tiene derecho a acceder al 50% de su base reguladora (cuantía que se calcula en función de las bases de cotización del solicitante de los últimos 25 años) y deberá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación para poder retirarse
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.