Pensionistas residentes en el extranjero: el trámite que tienen que hacer para no perder la pensión
Tienen hasta el 31 de marzo
Como todos los años, desde el pasado 1 de enero, se encuentra abierto el plazo oficial para que los pensionistas que residen en el extranjero realicen el trámite obligatorio de acreditación de vivencia. Este procedimiento, esencial para seguir cobrando la prestación con normalidad, mantendrá su campaña activa hasta el próximo 31 de marzo.
El trámite está destinado exclusivamente a los beneficiarios que viven en el extranjero, por lo que aquellos que residen en España no necesitan realizar gestión alguna. El objetivo es presentar una fe de vida que confirme que el beneficiario continúa vivo para garantizar el pago de la pensión reconocida.
Cambios importantes en la frecuencia de acreditación
Este año trae consigo modificaciones significativas en la periodicidad del control. Como principal novedad en 2026, los pensionistas deberán acreditar su vivencia dos veces: la primera durante la actual campaña (enero a marzo) y la segunda en el mes de septiembre. Además, la administración ya ha adelantado que, a partir de 2027, la exigencia aumentará y la vivencia deberá acreditarse en tres ocasiones cada año: en enero, mayo y septiembre.
🔔 ¿Eres pensionista residente en el extranjero?
— Revista de la Seguridad Social (@RvstaSegSocial) January 13, 2026
🗓️ Tienes hasta el 31 de marzo para acreditar tu vivencia.
✨ En 2026, la acreditación deberá realizarse dos veces.
ℹ️ Te explicamos todos los detalles:https://t.co/Uz0g8t2A8W pic.twitter.com/JbBhhadF3m
Cómo presentarlo
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, existen varias vías. Tradicionalmente, se puede presentar una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país de residencia o acudir a los Encargados del Registro Civil Consular. También es posible la comparecencia, ya sea presencial o telemática, ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Y desde hace un tiempo, también está disponible la aplicación gratuita VIVESS, que permite realizar el trámite desde cualquier lugar del mundo sin necesidad de desplazamientos. Al utilizar esta app, el usuario obtiene un justificante inmediato y una confirmación posterior por parte del INSS o el ISM. Adicionalmente, VIVESS permite realizar otras gestiones como acreditar o enviar el certificado de residencia fiscal, actualizar datos bancarios y personales o modificar la modalidad de pago.
Nuevos requisitos para cónyuges
Otra novedad relevante para 2026 afecta a los familiares. A partir de este año, los cónyuges de los pensionistas que perciban un complemento a mínimos por cónyuge a cargo también podrán y deberán registrarse para acreditar su vivencia mediante la aplicación móvil, utilizando la opción específica de “Gestión Vivencia cónyuge”.



