Pensiones

¿Sabes si tienes derecho al Premio de jubilación? La respuesta está en tu convenio

María Liébana

Jueves 21 de enero de 2021

3 minutos

No todos los convenios colectivos lo regulan del mismo modo, y algunos ni siquiera lo contemplan

¿Sabes si tienes derecho al Premio de jubilación? La respuesta está en tu convenio
María Liébana

Jueves 21 de enero de 2021

3 minutos

En el momento en que se rompe la relación profesional con una empresa, esta está obligada liquidar las cuentas que tiene pendiente con el trabajador (vacaciones, pagas extra y los días que has trabajado del mes, entre otros conceptos); lo que comúnmente conocemos como el finiquito. Esta liquidación es obligatoria, tanto si el trabajador se va por voluntad propia, como si se trata de un despido. En este último caso, si el motivo por el que la relación laboral se rompe se considera despido improcedente, la empresa, además, deberá asumir una indemnización al trabajador.

Finiquito por jubilación

Pero ¿cuál es el finiquito cuando la extinción de la relación laboral se produce como consecuencia de la jubilación del empleado? En este caso, y a igual que en cualquier otro tipo de finalización de contrato, el trabajador recibirá en concepto de finiquito por jubilación la cantidad correspondiente a los siguientes conceptos:

  • Salario del mes hasta que se produce la extinción de la relación laboral por jubilación.
  • Las vacaciones no disfrutadas por parte del trabajador.
  • En el finiquito también se deben incluir la parte proporcional de los pluses y las pagas extraordinarias.
  • Y, si fuera el caso, el abono de las horas extra que el trabajador que pasa a situación de jubilación hubiera realizado y la empresa no le hubiera abonado.

Indemnización o premio de jubilación

Ahora bien, llegado el momento de la jubilación, ¿también tiene derecho el trabajador a una indemnización por finalización de contrato? En principio no, ya que, para este caso la normativa legal vigente establece que el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización por jubilación si esta se produce cumpliendo todos los requisitos establecidos.

Sin embargo, aquí se puede encontrar una excepción si el Convenio Colectivo que aplique al trabajador que se jubila detalla que, en dicha situación (fin de contrato por jubilación), se establece una indemnización: el denominado “premio de jubilación”. Esta excepción se produce con mayor frecuencia en el caso de la jubilación anticipada.

Desde valentinjaguilarabogado.es explican que “el premio o indemnización por jubilación anticipada, consiste en el derecho a percibir unas cantidades dinerarias, concretamente, un número determinado de mensualidades de salario pagaderas al trabajador en caso de jubilación. Estas cantidades oscilan en virtud de la edad del trabajador. Para ser beneficiario de este premio es necesario tener una edad comprendida entre los 60 y los 64 años, en el momento de la solicitud del mismo”.

¿Sabes si tienes derecho al Premio de jubilación? La respuesta está en tu convenio. Foto: Bigstok

Como hemos mencionado, este premio suele venir regulado en el Convenio Colectivo que aplique en cada caso, pero es importante tener en cuenta que no todos los regulan el mismo modo y algunos ni siquiera lo contemplan.  Esto quiere decir que, salvo que el convenio colectivo lo establezca de manera precisa, el trabajador que cumpla los requisitos legales de jubilación deberá recibir el finiquito, pero no tendrá derecho a una indemnización por fin de contrato.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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