Jubilación activa: qué cambia tras la reciente reforma de 2025
Hay modificaciones en requisitos de acceso, cálculo de la pensión y compatibilidad de complementos
Los trabajadores que cumplan los requisitos exigidos, y lo deseen, pueden solicitar el acceso a la jubilación activa, una opción para aquellos que desean seguir trabajando tras jubilarse, mientras comienzan a cobrar su pensión. Esta modalidad de acceso a la pensión de jubilación, ha sufrido cambios relevantes desde el pasado 1 de abril, introducidos en el Real Decreto-ley 11/2024, novedades que es conveniente conocer para acogerse a ella.
La reciente reforma llevada a cabo por el ministerio de Seguridad Social, aprobada en diciembre de 2024, pero que entró en vigor el 1 de abril de 2025, introduce cambios en los requisitos de acceso a la jubilacióna activa, cálculo de la pensión y compatibilidad de complementos. Una de las principales novedades es que ya no es necesario poseer una carrera completa de cotización ni alcanzar el 100% de la base reguladora de la pensión para acceder a la jubilación activa, aunque sigue siendo obligatorio tener un año más de la edad ordinaria de retiro.

Qué es la jubilación activa
La jubilación activa aprobada por el Gobierno y acordada con los agentes sociales, permite a los trabajadores seguir trabajando y, al mismo tiempo, recibir una pensión. Esta opción es especialmente atractiva para aquellos que desean mantenerse activos en el mundo laboral sin renunciar por completo a sus ingresos por jubilación.
Uno de los grandes cambios es que, desde este mes de abril de 2025, no es necesario tener una carrera de cotización completa para acceder a esta modalidad –y por tanto, podrán acceder a la misma aquellos que cumplan con el periodo mínimo de cotización para acceder a la pensión de jubilación a la edad ordinaria, de 15 años 2 de los cuales deben estar comprendidos dentro de los últimos 15 años–, beneficiando sobre todo a mujeres con lagunas de cotización. Sí que se continúa exigiendo que haya transcurrido al menos un año desde que el interesado haya cumplido la edad ordinaria de jubilación.
El porcentaje de la pensión por jubilación activa aumentará en función del tiempo que se retrase la jubilación, ofreciendo incentivos para aquellos que decidan prolongar su vida laboral. "Va del 45%, cuando la demora es de un año, hasta el 100% a los cinco años o más", señalan los expertos. Muchos trabajadores mayores de 67 años (un año después de la edad de jubilación) optan por esta alternativa para mantenerse activos y sentirse útiles.
Requisitos de acceso tras la reforma
Según explica la Seguridad Social en su página web, la jubilación activa, permite compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo por cuenta ajena o propia, a jornada completa o parcial, siempre que:
- La jubilación se haya producido al menos un año después de haber cumplido la edad ordinaria (sin bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación). En 2025, la edad legal de jubilación ordinaria, es de 66 años y 8 meses en 2025, o 65 años si se han cotizado 38 años y 3 meses o más.
- El trabajo compatible podrá realizarse por cuenta ajena a tiempo completo o a tiempo parcial o por cuenta propia.
Como novedad, con la reforma se hace compatible la jubilación activa con los incentivos de demora. Sin embargo, mientras la persona se mantenga en situación de jubilación activa no se generará incremento alguno del complemento.

Cálculo del importe de la pensión en jubilación activa
Para quienes se acojan a la jubilación activa, el porcentaje de la pensión a cobrar compatible con el mantenimiento de la actividad se incrementará en función de los años de demora en el acceso al retiro, del siguiente modo:
- 45% de pensión, con 1 año de demora de la jubilación.
- 55% de pensión, con 2 años de demora del retiro.
- 65% de pensión con 3 años de demora,
- 80% de pensión con 4 años de demora.
- 100% de pensión con 5 años de demora.
El porcentaje que resulte de la escala anterior se incrementará 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos que permanezca en la situación de jubilación activa, con el máximo del 100% de la pensión. Este incremento comenzará a percibirse el día primero del mes siguiente a aquel en que se haya cumplido dicho periodo de 12 meses.
Cálculo del importe de la pensión para autónomos
El porcentaje inicial de la pensión a percibir, en caso de jubilación activa, será del 75% de la pensión inicial reconocida, cuando la demora en el acceso a la pensión de jubilación haya sido entre uno y tres años, y el pensionista se encuentre en uno de estos dos supuestos:
- En el supuesto de que la actividad laboral que se compatibilice con la percepción de la pensión sea una actividad por cuenta propia, y se acredite tener contratado indefinidamente, al menos, a un trabajador por cuenta ajena con una antigüedad mínima de 18 meses.
- O bien si el trabajador autónomo en situación de jubilación activa contrata indefinidamente a un nuevo trabajador por cuenta ajena con quien no haya tenido vínculo laboral en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa.
A partir del cuarto año de demora en el acceso a la pensión, en estos dos supuestos anteriores será de aplicación los porcentajes generales (es decir, dará derecho a un 80% de la pensión). En ambos supuestos anteriores de trabajadores autónomos, estos porcentajes se incrementarán en un 5 puntos porcentuales por cada año (12 meses) de actividad profesional ininterrumpida que permanezca en situación de jubilación activa, alcanzado un 100% a partir del 5º año en situación de jubilación activa
Revalorización y derechos durante la jubilación activa
Cada año, se revalorizará la pensión de jubilación activa bajo los términos generales de la Seguridad Social. Pero hay que tener en cuenta que mientras el pensionista compatibilice la pensión con el trabajo, el importe de la pensión revalorizada se reducirá según el porcentaje que le corresponda.
El pensionista no tendrá derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima. Y por último, cuando se finalice la relación laboral por cuenta ajena o en caso de cese en la actividad por cuenta propia, se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación.

Cotización a la Seguridad Social
Durante la realización del trabajo compatible con la pensión de jubilación, empresas y trabajadores deben cotizar a la Seguridad Social por incapacidad temporal (cuota del 1,50%, de la cual, el empleador abona el 1,25% y el trabajador el 0,25%), y por contingencias profesionales.
Además, es obligatoria una cotización de solidaridad del 9% (7% va a cargo de la empresa y 2% del empleado) sobre la base de cotización por contingencias comunes. Es importante saber que esta cotización no es computable para las prestaciones, según explican abogados de Legálitas.
Requisitos de las empresas empleadoras
Para que un trabajador por cuenta ajena pueda acceder a la modalidad de jubilación activa su empleador debe satisfacer una serie de requisitos específicos centrados en la estabilidad del empleo. Una condición fundamental previa a la solicitud es que, en los seis meses anteriores al inicio de la jubilación activa, la empresa no debe haber efectuado despidos improcedentes de empleados que pertenezcan al mismo grupo profesional que el futuro jubilado.
Además, la empresa debe asumir un compromiso de mantenimiento de plantilla durante todo el tiempo que dure la compatibilidad entre el trabajo y la pensión. Esto implica que la empresa deberá mantener el nivel de empleo existente antes del inicio de esta situación, tomando como referencia el número de trabajadores que se encontraban dados de alta en los 90 días inmediatamente anteriores.
Aún así, el incumplimiento de la obligación de mantener el nivel de empleo tiene excepciones. La ley establece que las obligaciones de mantenimiento no se considerarán violadas si la extinción del contrato de trabajo se debe a causas justificadas o voluntarias por parte del empleado. Esto incluye situaciones como la dimisión del trabajador, fallecimiento, jubilación, incapacidad permanente finalización por su carácter temporal. Estas salvedades buscan asegurar que el requisito de estabilidad se centre en evitar la reducción injustificada de la plantilla.



