Sabores de mi tierra

Ya puedes llevarte la carne y el pescado del supermercado en tu propio táper

65ymás

Miércoles 11 de enero de 2023

3 minutos

También llevar tu propia bolsa para guardar la fruta a granel que compres

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Miércoles 11 de enero de 2023

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El 1 de enero de 2023 entró en vigor el Real Decreto1055/2022 sobre envases y residuos de envases con el que el Gobierno busca "reducir la cantidad y el impacto de los residuos de envases sobre el medio ambiente" y que permite a cualquier cliente llevar a los supermercados su propia bolsa para guardar la fruta a granel que adquiera.

Además, los supermercados estarán obligados a promocionar las bolsas reutilizables y a optimizar la utilización de las bolsas de un solo uso así como a informar sobre la disponibilidad en el comercio de envases reutilizables, aunque también recordarán la posibilidad de que los propios consumidores aporten sus recipientes reutilizables.

Asimismo, la nueva norma hace posible que los consumidores puedan solicitar en charcuterías, carnicerías y pescaderías que los productos adquiridos sean puestos en un táper que el cliente haya llevado consigo con el mismo objetivo de evitar el consumo de plástico y reducir el número de envases y las grandes superficies deberán recordar a sus clientes la posibilidad de que sean los propios consumidores quienes aporten sus recipientes reutilizables.

Todas las tiendas de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas...) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, aunque serán los propios consumidores los responsables de llevarlos acondicionados y limpios.

 

¿Se pueden congelar los táper de cristal o de plástico?

 

En caso de que no sean adecuados o estén "manifiestamente sucios" los comerciantes podrán rechazarlos, aunque para ello deberán informar a los consumidores sobre las condiciones de limpieza e idoneidad y en caso de problema de seguridad alimentaria quedarán "exentos de responsabilidad"

Además los comercios de 300 metros o más estarán obligados, también desde el 1 de enero, de informar, "en un lugar destacado", a sus clientes de los impactos ambientales y de sus obligaciones a la hora de gestionar los residuos de envases cada vez que adquieran productos mientras que en la hostelería se deberá ofrecer "siempre" a los clientes agua no envasada gratis.

Estas obligaciones también se aplicarán a las plataformas de comercio electrónico y comercios minoristas que efectúen ventas a distancia, que deberán informar en un lugar destacado del medio empleado para la venta.

Por otra parte, a partir del 1 de julio de 2023, todos los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto los que tengan el apoyo de las administraciones públicas en el patrocinio, la organización o en cualquier otra fórmula como los organizados por el sector privado, estarán obligados a implantar alternativas a la venta y distribución de bebidas en envases y vasos de un solo uso y deberán garantizar el acceso a agua potable no envasada.

En estos casos, si el promotor cobra un depósito por cada vaso -que deberá ser reutilizable- tendrá que habilitar los mecanismos necesarios para garantizar la devolución del depósito cuando el vaso sea retornado por el consumidor.

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