Sociedad

El descuido de dejar caducar el carnet de conducir te puede costar caro

Beatriz Torija

Lunes 24 de mayo de 2021

5 minutos

El seguro no se hará cargo de ningún gasto en caso de siniestro si conduces con el carnet caducado

El descuido de dejar caducar el carnet de conducir te puede costar caro
Beatriz Torija

Lunes 24 de mayo de 2021

5 minutos

Los olvidos y los descuidos son humanos. Y teniendo en cuenta que hasta los 65 años podemos pasar 10 años sin preocuparnos del carnet y, a partir de esa edad no tendremos que preocuparnos por la licencia de conducir más que cada cinco años… es plausible pensar que en más de un caso se habrá echado la fecha encima.

Pero el asunto no es baladí. Con el carnet caducado, igual que sin carnet, no se puede conducir. Ni periodo de gracia, ni plazo de transición, ni nada. No se puede conducir. Hacerlo, puede tener graves consecuencias. Y la multa, de 200 euros es solo una de ellas.

Nadie te avisa de la cercanía de la caducidad de tu carnet

El veterinario te escribe unos días antes de que a tu perro le toque ponerse la vacuna anual antirrábica, tu óptica te recuerda cuando debes renovar lentillas e incluso el SEPE, a través de Servempleo te avisa vía SMS de la próxima fecha de renovación de la demanda de empleo. Pero no es el caso de la Dirección General de Tráfico (DGT) que no te enviará ninguna notificación de ningún tipo cuando esté próxima la fecha de caducidad de tu carnet de conducir. Tampoco el seguro del coche suele avisar de esto.

El descuido de dejar caducar el carnet de conducir te puede costar caro

Multa de 200 euros… o algo peor

si conducimos con el carnet caducado, nos exponemos a una sanción que alcanza los 200 euros. Aunque las consecuencias económicas pueden ser mucho peores. Una de las exenciones a la cobertura que contemplan las aseguradoras por las que el seguro de coche deja de tener validez es conducir sin carnet, o conducir con el carnet caducado. Es decir, si tenemos algún siniestro, nuestro seguro no se hará cargo corriendo nosotros con todos los gastos que el siniestro acarree, desde reparaciones a indemnizaciones 

Vigencia del carnet hasta los 65 años y a partir de esa edad

La vigencia del carnet de conducir es de 10 años para en el caso de las licencias de conducir más habituales, las de clase B. El resto de categorías tienen una vigencia de 5 años. Esto, hasta los 65 años. A partir de esta edad, las vigencias del carnet se reducen a 5 años para el carnet tipo B y 3 años para el resto de categorías.

El descuido de dejar caducar el carnet de conducir te puede costar caro

Cómo tramitar la renovación

Renovar el carnet de conducir es muy sencillo. Lo podemos hacer de dos formas. La primera, y más sencilla, es acudir a un centro médico autorizado por Tráfico. A un psicotécnico, para entendernos. Allí tendremos que aprobar un examen de aptitud psicofísica, y presentar nuestro DNI o pasaporte en vigor, así como el recibo de haber abonado las tasas correspondientes y una fotografía, que podremos probablemente hacernos allí mismo. Y ellos mismos se encargarán de hacer el resto de trámites ante Tráfico. 

La segunda opción consiste en acudir nosotros, personalmente, a la Jefatura Provincial de Tráfico de nuestro lugar de residencia, teniendo en cuenta que deberás aportar el informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Por cierto, este informe de aptitud caduca a los 90 días hábiles de su expedición. No vaya a ser que además del carnet, nos caduque también el psicotécnico. También tendremos que pagar las tasas correspondientes, llevar una fotografía reciente, rellenar un impreso oficial, y un documento denominado talón-foto, que podremos pedir allí en Tráfico o en nuestra autoescuela, y que sirve para demostrar que se superó el examen práctico correspondiente.

Para poder pasar por estos trámites de renovación del carnet de conducir, disponemos de un plazo de tres meses anterior a la fecha de caducidad. Una vez caducado, también podremos renovar el carnet, pero no podremos, bajo ninguna circunstancia, conducir.

A la hora de renovar el carnet, la DGT nos recuerda:

  • No es necesario realizar ningún examen, solo superar un reconocimiento médico.
  • Puedes presentar la solicitud desde 3 meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia, siempre que no hayas perdido la vigencia de tu permiso por haber perdido todos tus puntos.
  • Adelantar la renovación no supone que pierdas días de validez ya que la prórroga de tu permiso empieza a contar desde la fecha en que caducara el antiguo.
  • Aunque ya haya caducado puedes seguir renovando tu permiso, pero es importante que tengas en cuenta que no puedes conducir mientras tengas el permiso caducado.
  • Puedes consultar, de manera telemática, el estado de tramitación en el que se encuentra tu permiso

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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