Sociedad

El derecho de los abuelos a ver a sus nietos, ¿qué dice la Ley?

Mariola Báez

Sábado 27 de abril de 2019

3 minutos

A veces las desavenencias familiares crean situaciones difíciles que hay que intentar resolver

Derecho de los abuelos a ver a sus nietos (Bigstock)
Mariola Báez

Sábado 27 de abril de 2019

3 minutos

Este suele ser un tema delicado porque entran en juego no solo los derechos de un menor, los de sus progenitores y familiares más cercanos como es el caso de los abuelos, sino además, los sentimientos, sobre los que la Ley difícilmente puede emitir dictamen alguno.

En la mayoría de los casos, la relación padres-hijos-nietos fluye de manera natural, creando esos vínculos casi irrompibles pero, en ocasiones, una disputa familiar, la ruptura nada amistosa de la pareja que forman los padres, el fallecimiento de uno de ellos o cualquier otra circunstancia hace que los niños se vean alejados de sus abuelos, a veces provocando situaciones muy dolorosas.

Personas como las que se han unido en la Asociación de Abuelos Separados de sus Nietos tienen historias duras por verse privados, tras el divorcio de los padres, de la posibilidad de compartir un tiempo precioso con pequeños a los que muchas veces han dedicado todo su tiempo, cariño y esfuerzo. La Asociación lucha por que el derecho a poder verlos sea definitivamente reconocido.

Exigir el derecho y reclamar un posible régimen de visitas

Lo ideal y lógico sería poder hablar y resolver el conflicto familiar de manera amistosa y en beneficio de todos, especialmente de los niños, pero esto no siempre ocurre. Cuando no existe un acuerdo que haga posible la convivencia, recurrir a la Ley puede llegar a ser la única solución. Llegados a este punto y tal como explica ABA abogadas, el Código Civil, en su artículo 160, recoge el derecho de los abuelos a continuar relacionándose con sus nietos tras una ruptura familiar, por lo que, es posible reclamar ese derecho interponiendo una demanda en la que se solicite un régimen de visitas.

La Ley deja abierta a la interpretación del juez el hecho de concederlo o no, ya que, el citado artículo señala que ese derecho será otorgado o denegado en caso de existir “causa justa”. Resulta evidente que, ante conflictos de este tipo, al legislación intenta conciliar los derechos de todas las partes pero, ante todo, proteger al menor. Las distintas modificaciones realizadas en el artículo citado siguen la misma línea, dejando clara la intención de reforzar la relación entre abuelos y nietos en caso de ruptura familiar.

Interponer una demanda a los hijos no debe resultar sencillo. El procedimiento legal llevará su tiempo y finalmente una resolución judicial será la que determine el posible régimen de visita que puede contener condiciones muy variadas, desde encuentros semanales, hasta la posibilidad de que el niño pernocte en casa de los abuelos, siempre atendiendo a las circunstancias específicas de cada caso. Sentencias recientes han abierto la posibilidad de reencuentro en casos cada vez más numerosos, incluso el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre algunas sentencias que negaban el derecho de visita a los abuelos por las “malas relaciones con los progenitores” dictaminando que esta no sería una “causa justa” para denegar ese derecho que muchos abuelos están deseando poder ejercer.

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Mariola Báez

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