¿Se puede fumar o beber en la piscina comunitaria? Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal
Las comunidades pueden fijar normas de convivencia mediante el Reglamento de Régimen Interior
Con la llegada del verano y las altas temperaturas, las piscinas comunitarias se vuelven a convertir en uno de los principales debates entre los vecinos. Una de las dudas más habituales es si está permitido fumar y beber alcohol en estas zonas comunes, especialmente cuando hay menores de edad presentes.
Si bien la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula la convivencia en las comunidades de propietarios, no establece de forma expresa si estas prácticas están permitidas o prohibidas en las piscinas. Sin embargo, ofrece una herramienta para solucionar este tipo de conflictos.
Reglamento de Régimen Interior
El artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal permite que las comunidades aprueben un Reglamento de Régimen Interior (RRI) para regular el uso de los espacios comunes y la convivencia entre vecinos.
El texto señala que “para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración”.
Gracias a este reglamento, la comunidad puede fijar diversos temas como los horarios de la piscina, el número de invitados permitidos, las normas de uso de las instalaciones comunes o si está permitido fumar o beber alcohol en dicha zona.

¿Qué ocurre si el reglamento no dice nada?
Si el Reglamento de Régimen Interior no menciona nada sobre este tema, hay que acudir a la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo.
La norma vigente permite fumar en espacios al aire libre, como jardines o piscinas comunitarias, aunque no lo permite en zonas de juegos infantiles y piscinas destinadas a niños. Por ello, si el reglamento de la comunidad no establece ningún tipo de restricción, fumar en la piscina suele estar permitido siempre que no se haga en esas áreas protegidas.
En cuanto al consumo de alcohol, no existe una prohibición general en la legislación estatal, por lo que también dependerá de las normas aprobadas por cada comunidad de propietarios.
La normativa podría cambiar
Sin embargo, esta situación sobre fumar y beber en la zona de la piscina, podría modificarse en los próximos meses. El Consejo de Ministros aprobó a finales de julio un proyecto de ley para reformar la Ley 28/2005, que contempla ampliar los espacios libres de humo.
Entre las novedades previstas figura la prohibición de fumar en las piscinas comunes, además de terrazas de bares y restaurantes, playas, instalaciones deportivas, parques nacionales y otros espacios al aire libre.
La reforma todavía debe superar su tramitación parlamentaria y ser aprobada definitivamente por el Congreso antes de entrar en vigor. Cuando eso suceda, fumar en las piscinas comunitarias dejará de estar permitido.


