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¿En qué casos es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Teresa Rey

Foto: Bigstock

Jueves 31 de octubre de 2019

6 minutos

Está dirigida a emprendedores, particulares o familias que no pueden afrontar ciertas deudas

En qué casos es posible acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
Teresa Rey

Foto: Bigstock

Jueves 31 de octubre de 2019

6 minutos

Si nos hemos aventurado a ser emprendedores, pero no nos ha marchado tan bien como pensábamos o tenemos una serie de deudas que están poniendo en riesgo nuestra estabilidad económica, podemos acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad. Bajo este explícito nombre y cumpliendo los requisitos que se establecen en la misma, este mecanismo legal se convierte en un balón de oxígeno ante situaciones concretas, que nos puede evitar contratiempos indeseados.

¿Para qué sirve?

Esta normativa entró en vigor en el año 2015, después de ser aprobada y publicada en el BOE, quedando así regulada por la Ley 25/2015, de 28 de julio. Lo que permite es iniciar un proceso concursal parecido al que se acogen las empresas en bancarrota, de modo que permite un desahogo financiero a aquellas personas que se encuentran en situaciones económicas comprometidas.

Dicen los expertos que desde su aprobación no se ha difundido mucho, de modo que las personas endeudadas no se acogen a ella al no conocerla, a pesar de que si cumplen una serie de requisitos podrían recurrir a dicha normativa. Su desconocimiento o las restricciones que implica es lo que puede frenar su uso en algunas ocasiones.

De una forma muy genérica, lo que hace esta ley es adecuar en cierto modo los procesos concursales a los que se someten las empresas en quiebra a las personas físicas. Así estas pueden “suspender pagos y declararse en bancarrota”, así dejan de tener deudas o al menos consiguen que estas se vean reducidas. Si una entidad empresarial quiebra, esta acaba desapareciendo después de la liquidación, cosa que en este caso concreto no sucede ya que estamos hablando de individuos, pero sí el endeudamiento o parte de él.

Por tanto, a la Ley de Segunda Oportunidad se pueden acoger emprendedores o autónomos que tras iniciar un negocio este no consigue prosperar y a consecuencia de ello contren una serie de deudas. También la pueden solicitar familias, particulares o Pymes. El primer paso que se tiene que dar es alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.

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¿Qué pasos hay que dar?

Este se ha de iniciar antes del posible concurso y tiene que haberse dado obligatoriamente un intento previo del deudor para conseguir este consenso por la vía extrajudicial, La intención es negociar distintas alternativas para afrontar la deuda. Para ello se establece un programa de restructuración de la misma por medio de un Plan de Pagos de Cinco años. Si se llega a un acuerdo habría que seguir con el proceso y establecer cómo va a desarrollarse este plan.

En caso contrario y después de dos meses de negociaciones, hay que solicitar un concurso de acreedores voluntario. El juez es el que decidirá si se produce la exoneración de parte de lo que se debe, pero siempre que encuentre el cumplimiento de dos requisitos: que se ha actuado de buena fe y que no se dispone de dinero o activos para subsanar sus deudas.

Por lo tanto, el deudor se tiene que comprometer a ceder bienes que no sean necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o acciones de su compañía, y su valor (en los dos casos) debe ser igual o inferior al importe adeudado. Además, el emprendedor tiene que proponer un plan de viabilidad y un calendario en el que se especifique cómo va a afrontar las cuantías debidas. En total, el plazo de la devolución no puede sobrepasar los diez años.

¿Cómo se solicita y quienes intervienen?

Para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad es necesario cumplimentar un formulario de solicitud extrajudicial. Después debes acudir a un notario para que inicie el proceso nombrando al mediador concursal. De esta manera, se busca alcanzar ese primer paso, que consiste en una reunión de acreedores y si no se logran acuerdos, proceder al concurso.

Este mediador es la figura que hará de interlocutor entre las partes afectadas. En el caso de no haber entendimiento, tanto esta persona como el emprendedor pueden iniciar el segundo proceso que es solicitar el concurso de acreedores voluntario.

Ley de la Segunda Oportunidad

¿En qué consiste tener “buena fe”?

El asunto de la “buena fe” es uno de los que, según los entendidos, resulta más controvertido porque además de haber intentado ese acuerdo extrajudicial con los acreedores, se han de cumplir otra serie de indicaciones.

Se tiene que aceptar y demostrar que la insolvencia no se ha provocado de forma intencionada. El endeudado tampoco se puede haber beneficiado de esta misma ley en los diez años anteriores y no ha podido rechazar una oferta de trabajo acorde con sus capacidades en los cuatro años previos a la solicitud de esta concesión.

Del mismo modo, no puede presentar condenas por delitos económicos, del patrimonio, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores. Y, por último, hay que inscribirse en un Registro Público Concursal durante cinco años.

¿Desaparecen todas las deudas?

Por otra parte, es importante matizar que las deudas contraídas con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria se mantienen. De la misma manera, el acreedor puede pedir ante el juez la revocación de la exoneración de las deudas en cualquier momento, si descubre que el emprendedor ha actuado de mala fe o que está recibiendo ingresos mediante economía sumergida, por ejemplo.

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Teresa Rey

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