Así funciona la mediación y la conciliación para resolver conflictos en el reparto de una herencia

Son dos procesos diferentes pero con un mismo objetivo

Así funciona la mediación y la conciliación para resolver conflictos en el reparto de una herencia (Bigstock) Miia

Recibir una herencia supone heredar una serie de bienes, derechos, títulos y hasta deudas que se deben repartir entre los herederos. En este sentido, que exista un testamento puede facilitar las cosas, aunque igualmente es posible que surjan desacuerdos y conflictos entre los familiares. En este caso, entra en juego la mediación notarial y la conciliación para hacer frente a esta situación, dos procesos diferentes pero con un mismo objetivo. 

Mediación en herencias

Los conflictos familiares pueden surgir por diferentes motivos en una herencia, como desacuerdos sobre el reparto, falta de liquidez o por falta de colaboración, lo cual puede provocar que la herencia quede paralizada. Cuando se dan estos conflictos o desacuerdos, se puede recurrir a la mediación como una forma de resolverlos de forma privada y pacífica a través de un mediador.

Así lo explica el Consejo General del Notariado a través de su web, aclarando que la figura del mediador, que puede ser un notario formado para ello, "no tiene autoridad para imponer un acuerdo, sino que les ayudará a llegar a una solución satisfactoria sin tener que acudir a los tribunales de Justicia, bajo la más absoluta confidencialidad garantizada por la ley".

 

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Acudir a la mediación ofrece una serie de beneficios, señalan, y es que, además de suponer un ahorro de tiempo (el proceso suele durar una media de unas pocas semanas) con respecto a la vía judicial, también permite ahorrarse una serie de costes. 

A la mediación se puede recurrir en diferentes casos, tanto en conflictos civiles como en cuestiones mercantiles, y se trata de un proceso voluntario, por lo que los implicados deben querer optar por esta solución, aunque una parte puede invitar a la otra a iniciar el proceso.

Conciliación en herencias

La mediación se diferencia del acto de conciliación en que este último consiste en un procedimiento legal, igualmente voluntario, que sienta a todas las partes ante el juzgado para conseguir llegar a un acuerdo, evitando igualmente un procedimiento judicial, con el ahorro de tiempo y dinero que eso supone. La diferencia principal radica, según explica AOH Mediadores en su web, en el papel que juegan ambas figuras. 

Y es que en el caso del conciliador, este tiene un papel más activo proponiendo soluciones, en lugar de solo facilitar el diálogo, aunque en ningún caso impone una solución. En ambos casos, de llegar a un acuerdo este será vinculante. 

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