Economía familiar

¿Quién está obligado a pagar las derramas en una comunidad? Una sentencia del Supremo lo aclara

Cerlesky Pérez

Foto: BigStock

Sábado 8 de noviembre de 2025

4 minutos

Una nueva sentencia resuelve una de las dudas más frecuentes en las comunidades de vecinos

Estos son los casos en que puedes negarte a pagar obras de mejora en tu comunidad de vecinos (Foto Bigstock) 3
Cerlesky Pérez

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Sábado 8 de noviembre de 2025

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El Tribunal Supremo ha aclarado una de las dudas más habituales en las comunidades de propietarios: todos los vecinos deben pagar las derramas, incluso los propietarios con crédito reconocido. Así lo recoge la Sentencia nº 1309/2025, de 25 de septiembre, que refuerza la igualdad y la corresponsabilidad entre los propietarios a la hora de afrontar los gastos comunes.

Todo comenzó en una comunidad de vecinos que aprobó una derrama extraordinaria para cubrir algunos gastos del edificio. Años más tarde, un juzgado anuló aquel acuerdo y ordenó devolver el dinero que habían aportado los vecinos. Como la devolución no se llevó a cabo de forma voluntaria, fue necesario ejecutar la sentencia para cumplir con la resolución judicial. A los importes principales se sumaron intereses y costas judiciales, incrementando la deuda.

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Fuente: Europa Press

 

Para cumplir con ella, la comunidad convocó una junta y aprobó una nueva derrama, esta vez repartida a partes iguales entre todos los propietarios. Algunos vecinos con derecho a recuperar dinero se negaron a pagar, alegando que no podían contribuir a una derrama destinada precisamente a ejecutar una sentencia que les daba la razón. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Valencia rechazaron su reclamación. Los comuneros acudieron entonces al Supremo, planteando recursos de infracción procesal y de casación.

Derrama ordinaria y extraordinaria

La derrama ordinaria cubre los gastos del mantenimiento habitual –como limpieza, luz, seguros o ascensor–, mientras que la extraordinaria se aprueba cuando surgen gastos imprevistos o excepcionales, como obras urgentes o el cumplimiento de una resolución judicial.  En ambos casos, todos los propietarios deben aportar su parte según la participación del piso o local que posean, salvo que los estatutos indiquen lo contrario.

Vecinos, edificio
Fuente: BigStock

El Tribunal Supremo resuelve el conflicto

La sentencia del Supremo confirma las decisiones previas del Juzgado de Primera Instancia y de la Audiencia Provincial de Valencia. En su resolución, los magistrados citan los artículos 393, 395 y 398 del Código Civil, que obligan a cada propietario a contribuir a los gastos comunes según su participación.

El fallo explica que los fondos cuya devolución se reclamaba procedían del patrimonio común y se destinaron a fines que beneficiaron a todos los vecinos. Por tanto, la reposición de esas cantidades debía financiarse también de manera conjunta. En otras palabras, pagar la derrama no supone “pagarse a sí mismo”, sino reponer fondos que pertenecen al conjunto de la comunidad.

Un principio de equidad entre vecinos

El alto tribunal subraya que liberar de la derrama a algunos comuneros trasladaría injustamente al resto el peso económico, rompiendo el principio de equidad que rige la Ley de Propiedad Horizontal. Cada vecino, sea o no acreedor, forma parte de la comunidad y debe asumir los costes que garantizan el mantenimiento del edificio y el cumplimiento de las obligaciones comunes.

Si un vecino se niega a pagar una derrama, la comunidad puede iniciar un procedimiento monitorio, según el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal. Este proceso permite reclamar la deuda de forma rápida y segura.  En caso de impago persistente, el propietario puede enfrentarse a intereses, costas judiciales e incluso al embargo de su vivienda para saldar la deuda.

La sentencia aporta seguridad jurídica a administradores y presidentes de comunidades. Refuerza la idea de que todos los propietarios deben contribuir a los gastos comunes, aunque tengan un crédito reconocido por sentencia.  Solo en casos muy concretos, como los gastos procesales derivados de un pleito particular, podría aplicarse una excepción. 

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