Un cheque es un documento que una persona entrega a otra para que pueda retirar una cantidad de dinero del banco, sin necesidad de recurrir al dinero en efectivo. Al utilizarlo, el titular de la cuenta ordena a su entidad bancaria que pague una determinada suma a otra persona o empresa, matizan desde el Banco de España.
Este documento se hará efectivo siempre y cuando haya dinero en la cuenta, independientemente de que se presente antes de la fecha de emisión. En caso de que los fondos del emisor no sean suficientes para pagar dicho importe de una vez, se hará a plazos.
Pero además, el cheque debe de incluir lo siguiente para que sea válido: la palabra 'cheque', la orden de pagar la suma que en él se indique, el nombre de la entidad de crédito que ha de pagar (librado) y firma de quien expide el cheque (librador).
Por otro lado, los requisitos no esenciales son: el lugar de pago y el lugar de emisión, el beneficiario. Si no consta, el cheque se considera emitido al portador, y la fecha de emisión. "Serán válidos los cheques emitidos sin fecha (la pondrá después el beneficiario) así como los “postdatados” o “antedatados”, es decir, aquellos con fecha posterior o anterior a la de expedición. Nada impide presentar al cobro y cobrar un cheque que tenga una fecha de emisión anterior a la del día de la presentación", aclara el Banco de España.
Otra de las características del cheque es que el importe se escribe dos veces: una con números, y otra con letra. En caso de que no coincidan, la cifra que permanece es la escrita con letras.
¿Prescriben los cheques?
En lo relativo a los plazos para cobrar el cheque en España, habrá que tener en cuenta desde donde se emiten:
15 días desde su fecha de emisión para los emitidos y pagaderos en España
20 días para los emitidos en el resto de Europa
60 días para los emitidos en el resto del mundo
Pasados estos días, la entidad puede pagar el cheque se presente al cobro, a no ser que haya sido revocado.
Por otro lado, el plazo de prescripción del cheque es de seis meses desde la expiración del plazo de presentación. Esto quiere decir que, en la práctica, el cheque prescribe a los seis meses y 15 días desde que se emite el documento.
Si hablamos de un cheque bancario, los tribunales aplican el plazo de prescripción ordinario de 5 años y 15 días, que es lo que establece el artículo 1964 del Código Civil, modificado por la disposición final primera de la Ley 42/2015.
Tipos de cheques
Existen varios tipos de cheques, aunque los más utilizados son dos:
Al portador: lo cobra la persona que lo tiene.
Normativo: lo cobra la persona o empresa cuyo nombre figura en el documento. El Banco de España explica que se puede entregar a otra persona "mediante lo que se llama el endoso, que consiste en que el beneficiario original escribe en el cheque el nombre del nuevo beneficiario y lo firma".
Estos últimos pueden incluir la cláusula 'a la orden', que permiten su traspaso a otra persona. Y al contrario, si especifican 'no a la orden', no podrá hacerse.
Además de estos dos, existen otros tipos de cheques que tienen que cumplir una serie de requisitos para que puedan cobrarse. Son los siguientes:
Cruzado: Solo puede cobrarse a través de una entidad bancaria. El Banco de España explica que cruzar un cheque "es dibujar dos barras paralelas en su cara anterior. Lo puede cruzar quien lo expide (el librador) o quien lo tiene en su poder (el tenedor)". En caso de ser cliente de la entidad que debe pagarlo, podrás cobrarlo en efectivo.
Para abonar en cuenta. Como su propio nombre indica, solo podrá cobrarse mediante el abono en una cuenta bancaria.
Conformado. El banco que tiene que pagarlo asegura "a quien lo va a cobrar, que quien expide el cheque tiene fondos y, por tanto, se pagará". Para garantizarlo, lo que se hace es retener al que expide la cantidad necesaria más la comisión que corresponde. De esta manera se aseguran el cobre del mismo.
Bancario. El que firma el cheque es la propia entidad que tiene que pagarlo.
Contra la cuenta del Banco de España. El librador suele ser una entidad bancaria, y la entidad que lo abona es el Banco de España
En ventanilla. No son un cheque como tal, sino un documento que firma el cliente para confirmar que ha recibido el dinero en efectivo de su cuenta en la ventanilla del banco.
De viajero. Son cheques de euro o moneda extranjera que emiten entidades o empresas no bancarias como Visa, Mastercard o American Express.
Recomendaciones de seguridad
A la hora de pagar con un cheque, es importante no olvidar estas premisas de seguridad, si no quieres que el dinero se pierda y nunca llegue a su destinatario final:
No lleves en tu bolso o cartera el cheque cumplimentado. Lo mejor es rellenar todos los datos en el último momento cuando se va a efectuar el pago.
Cuando rellenes un cheque, asegúrate de escribir el importe concreto. De no hacerlo, otra persona puede poner una cantidad de dinero muy superior a lo que realmente debas pagar. Y, en este caso, no hay denuncia posible, estás obligado a hacer ese pago ya que no hay forma de justificar que esa cifra la ha puesto una tercera persona.
Escribe la cifra a pagar tanto en letra como en número y, en este último caso, añade el símbolo almohadilla (#) delante y detrás para evitar que pongan otra cifra y el montante sea superior.
Revisa la cuenta de la que saldrá el dinero de ese cheque para que haya fondos suficientes para el pago.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.