Campaña de firmas para que toda la 'mili' y la prestación sustitutoria cuenten para jubilarse
Jueves 19 de marzo de 2026
ACTUALIZADO : Jueves 19 de marzo de 2026 a las 17:46 H
5 minutos
Ahora no computan como tiempo cotizado a efectos de acceso y cálculo de la jubilación ordinaria
¿Piensas jubilarte algún día? ¿Hiciste la mili (Servicio Militar Obligatorio) o la Prestación Social Sustitutoria (PSS)? ¿Conoces a alguien que la hiciera? Si has respondido que sí a alguna de estas respuestas, sigue leyendo, te interesa.
Con estas frases comienza la campaña de firmas en Change.org lanzada por un colectivo de ciudadanos para exigir al Gobierno que la totalidad del tiempo dedicado a la mili o la prestación compute como un periodo efectivamente cotizado a la Seguridad Social, a efectos del cálculo de la pensión de jubilación en una jubilación ordinaria.
En la actualidad, tanto el servicio militar como la prestación social sustitutoria se tienen en cuenta únicamente para alcanzar el período de cotización específico en la jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, pero solo si es necesario. Es decir, tan solo se computan en casos excepcionales de necesidad.
#Duda ¿Se tiene en cuenta el servicio militar para acceder a una #pensión?
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 26, 2021
👉Computa si esa cotización es necesaria para alcanzar el tiempo de cotización específico que da derecho a acceder a la #jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año.
Lo que pide la campaña ciudadana sobre la 'mili'
La reivindicación planteada por la campaña abierta en Change.org consiste en que todo el tiempo de la antigua mili y el servicio sustitutorio se añadan de manera íntegra al historial de cotización de las personas afectadas.
Al cierre de esta edición, la campaña llevaba recogidas más de 3.000 firmas en apoyo de la iniciativa popular.

Los afectados denuncian que los sucesivos Gobiernos españoles llevan "más de una década incumpliendo la disposición adicional vigésima octava de la Ley 27/2011". Argumentan que esta norma obligaba al Ejecutivo a presentar, en el plazo de un año, un proyecto de ley para establecer un sistema de compensación que reconociera este tiempo de servicio y paliara la interrupción en las carreras de cotización.
Los impulsores de esta campaña de firmas populares detallan que, pese a dicho mandato legal, desde el año 2012 hasta la actualidad, "esta obligación ha sido sistemáticamente aplazada año tras año a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Como consecuencia de esta inacción política, los ciudadanos que tuvieron que prestar este servicio al Estado de manera obligatoria entre 1943 y 2001, bajo amenaza de prisión, no ven sumado este tiempo a su vida laboral".
"Una clara discriminación"
Una de las consecuencias de esta falta de cómputo de cotización es que "si bien esto parecía inocuo hace veinte años, hoy en día es una clara discriminación, ya que estos trabajadores se acercan a la edad de jubilación y necesitan reunir 38,5 años cotizados para cobrar el 100% de su pensión".
Además, los impulsores de la petición destacan el agravio comparativo que sufren frente a otros colectivos como becarios, estudiantes en prácticas de Formación Profesional o empleadas de hogar, cuyas "actividades ya han pasado a ser consideradas como tiempo de cotización efectivo".
La plataforma subraya que solo en el periodo comprendido entre 1996 y 2001, alrededor de un millón de personas realizaron la mili o la prestación social en España.
Califican esta situación como un "anacronismo de nuestro sistema democrático" e instan a la ciudadanía a firmar su petición para obligar al Gobierno a cumplir la ley y garantizar un reconocimiento justo al tiempo y esfuerzo que dedicaron a servir al país
Casos en los que sí cuenta la 'mili' ahora mismo
La web de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social aclara en qué casos computa ahora mismo el servicio militar, la prestación social sustitutoria y el Servicio Social Femenino: "Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria solo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año".
En esos casos, para conseguir que la mili compute, habrá que acreditarlo, con un certificado, que puede solicitarse a la Delegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde el interesado residía cuando se incorporó al servicio militar. También deberá aportar la fotocopia del DNI y la cartilla militar. Con ellos, dirigirse a la Seguridad Social para que incluyan este periodo en su vida laboral.

