¿Has solicitado el plus por hijos y la Seguridad Social no responde? Esto es lo que puedes hacer
El organismo dispone de un plazo máximo de seis meses para dictar y notificar
Solicitar el conocido como plus por hijos puede suponer un incremento en la pensión, ya sea a través del complemento por maternidad, para quienes accedieron a una pensión entre 2016 y febrero de 2021, o del complemento para la reducción de la brecha de género, vigente desde entonces.
Sin embargo, algunos pensionistas se encuentran con una situación que genera incertidumbre: pasan los meses y la Seguridad Social no comunica si la solicitud ha sido aceptada o denegada. En estos casos, la normativa establece cómo debe actuar el interesado y cuáles son los siguientes pasos.
Cuando un pensionista presenta una solicitud para que se le reconozca alguno de los dos complementos por hijos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe estudiar la documentación aportada y dictar una resolución.
No obstante, la carga de trabajo o la complejidad de algunos expedientes puede hacer que la respuesta tarde más de lo esperado. Aunque eso ocurra, la Seguridad Social sigue teniendo la obligación de resolver expresamente la solicitud, según recuerda el propio organismo.
Por ello, el hecho de no recibir una notificación no significa que el expediente haya desaparecido ni que el derecho se haya perdido.
¿Cuánto tiempo tiene la Seguridad Social para responder?
La Seguridad Social dispone de un plazo máximo de seis meses para dictar y notificar una resolución sobre la solicitud del complemento por hijos, tanto si se trata del complemento por maternidad como del complemento para la reducción de la brecha de género.
Si transcurre ese plazo sin que el pensionista haya recibido una respuesta, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo. No obstante, esto no significa que la administración deje de estar obligada a resolver expresamente el expediente, ya que deberá notificar una resolución aunque sea con posterioridad.
¿Qué ocurre si no llega ninguna respuesta?

Una vez transcurridos esos seis meses sin recibir contestación, el interesado puede iniciar los siguientes trámites para defender su derecho al complemento.
El silencio administrativo permite al pensionista actuar sin necesidad de esperar indefinidamente a que llegue una resolución. De esta forma, puede continuar el procedimiento y solicitar que se revise su caso por las vías previstas en la normativa.
El siguiente paso: presentar una reclamación previa
Si la Seguridad Social no responde dentro del plazo legal, el interesado puede presentar una reclamación administrativa previa, un trámite obligatorio antes de acudir a los tribunales.
En este escrito pueden exponerse los motivos por los que se considera que se cumplen los requisitos para percibir el complemento, así como aportar la documentación que se estime necesaria para reforzar la solicitud.
La Seguridad Social dispone de 45 días hábiles para resolver esta reclamación. Si transcurrido ese plazo no existe respuesta o la resolución vuelve a ser desfavorable, el pensionista podrá acudir a la jurisdicción social para que sea un juez quien analice si tiene derecho al complemento.
Conviene conservar toda la documentación
Durante todo el procedimiento resulta recomendable guardar el justificante de presentación de la solicitud inicial y cualquier comunicación recibida del INSS.
También puede consultarse el estado del expediente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde los interesados pueden obtener información sobre la fase en la que se encuentra su solicitud.
En caso de que el organismo requiera documentación adicional, responder dentro del plazo indicado evitará retrasos innecesarios en la tramitación.
