Plus por hijos en la pensión: así calcula la Seguridad Social el complemento
Cada complemento tiene un sistema diferente
El importe del conocido como plus por hijos no es igual para todos los pensionistas. La cuantía depende del complemento que corresponda, ya que el antiguo complemento por maternidad, vigente entre 2016 y febrero de 2021, y el actual complemento para la reducción de la brecha de género, en vigor desde entonces, se calculan de forma diferente. Estas son las claves para saber cuánto puede aumentar la pensión en cada caso.
Aunque ambos reciben habitualmente el nombre de plus por hijos, el complemento por maternidad y el complemento para la reducción de la brecha de género tienen sistemas de cálculo completamente distintos.
En el caso del complemento por maternidad, aplicable a las pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la cuantía se determinaba mediante un porcentaje sobre la pensión. Ese porcentaje variaba según el número de hijos:
- Un 5% para quienes tenían dos hijos.
- Un 10% para quienes tenían tres.
- Y un 15% cuando se tenían cuatro o más hijos.
El incremento se aplicaba directamente sobre la cuantía inicial de la pensión, por lo que cuanto mayor era esta, mayor era también el complemento.

Complemento para la reducción de la brecha de género
Desde el 4 de febrero de 2021 entró en vigor el complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituyó al anterior para las nuevas pensiones. En este caso desaparece el cálculo porcentual y se establece una cantidad fija por cada hijo, con un máximo de cuatro. La cuantía se actualiza cada año junto con las pensiones y se abona en 14 pagas.
En 2026, la cuantía del complemento para la reducción de la brecha de género es de 36,90 euros al mes por cada hijos.
¿Son compatibles entre sí?
La Seguridad Social recuerda que ambos complementos son incompatibles entre sí. Es decir, quienes ya perciben el antiguo complemento por maternidad continúan manteniéndolo, pero no pueden cobrar simultáneamente el complemento por brecha de género por la misma pensión.
Si tienen derecho al nuevo por una pensión distinta, deberán optar por uno de los dos en los supuestos previstos por la normativa. Además, el nuevo complemento presenta otra diferencia importante: no depende del importe de la pensión. Todos los beneficiarios reciben la misma cantidad por hijo, independientemente de que su pensión sea más alta o más baja.
