Una mujer deberá devolver dinero del subsidio de paro para mayores de 52 años tras heredar

Recibir una herencia no hace perder el subsidio, aunque los ingresos derivados sí afectan

Una mujer deberá devolver dinero del subsidio de paro para mayores de 52 años tras heredar Miia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) establece en una reciente sentencia que la mera recepción de una herencia no conlleva perder el subsidio de desempleo, pero el mismo tribunal deja claro que los rendimientos económicos posteriores derivados del cobro de dicha herencia sí pueden afectar al derecho a percibir esta ayuda, en el caso de que la persona supere el límite de ingresos permitido.

Dicho límite es que los rendimientos o ingresos netos mensuales derivados de los bienes heredados no superen el 75% del SMI (salario mínimo interprofesional).

Una mujer deberá devolver dinero del subsidio de paro para mayores de 52 años tras heredar

 

Esta sentencia judicial se produce a raíz de un litigio en la Comunidad Valenciana, donde la Justicia ha ratificado que una mujer beneficiaria del subsidio de paro para mayores de 52 años estará obligada a realizar la devolución de 9.685,95 euros al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), como consecuencia de haber aceptado una herencia y haber vendido uno de los inmuebles recibidos.

El fallo judicial ayuda a entender cómo repercuten los cambios patrimoniales sobre este tipo de ayudas públicas.

Herencia frente a rendimientos de lo heredado

En su resolución, el TSJCV establece una distinción esencial para los beneficiarios del subsidio de desempleo: la herencia por sí sola no implica perder la prestación.

El simple hecho de recibir bienes por sucesión no computa como renta mensual que pueda conllevar la suspensión de la ayuda por parte del Gobierno. No obstante, los rendimientos o plusvalías que generen esos bienes heredados posteriormente sí se consideran rentas computables y afectan directamente al derecho al cobro si se sobrepasan los límites legales.

El caso concreto de la venta del inmueble

En el supuesto analizado, la afectada y su hermano heredaron a finales de 2021 un patrimonio compuesto por inmuebles y cuentas valorado en más de 140.000 euros. Meses más tarde, en mayo de 2022, acordaron la venta de una de las viviendas heredadas (tasada inicialmente en 85.880,29 euros) por un importe de 153.000 euros.

Como consecuencia de la compraventa, la mujer ingresó 76.500 euros en su cuenta de forma directa. El tribunal dictaminó que este ingreso extraordinario era determinante y que su nueva situación económica resultaba incompatible con el subsidio, al haber dejado de cumplir con el requisito de sostenida "vulnerabilidad" que exige la ley para los perceptores.

Por este motivo, el SEPE reclamó la devolución de todas las cuantías cobradas entre enero de 2022 y noviembre de 2023. La resolución judicial ratifica que la ciudadana debe devolver el importe del subsidio indebidamente percibido mientras sus ingresos mensuales superaban los límites permitidos.

Otros casos de devolución del dinero del subsidio 

La citada sentencia judicial contraria a la beneficiaria de una herencia no es ni mucho menos un caso aislado.

De hecho, el mismo Tribunal Superior de Justicia Valenciano ha obligado recientemente a devolver 6.518,52 euros del subsidio para mayores de 52 años tras omitir sus ingresos reales. El fallo, conocido a finales de julio, se refiere a una mujer despedida en 2019 tras un ERE pactado con un banco. Tras consumir su prestación contributiva por desempleo, solicitó el subsidio para mayores de 52.

En su solicitud alegó tener cero euros de ingresos en el IRPF, pero el SEPE comprobó que la mujer había recibido tras el ERE una indemnización temporal fraccionada por meses hasta cumplir los 63 años, por un importe total de 153.741,78 euros. Esto le hacía superar el mencionado límite del 75% del SMI.