La regla de los 15 años que puede dejarte sin pensión
¿Qué ocurre si no alcanzas los 15 años cotizados?
Para poder acceder y disfrutar de una pensión de jubilación, toda persona debe cumplir dos requisitos básicos, de acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social: tener 15 años cotizados a lo largo de nuestra vida laboral y, al menos dos de ellos, en los últimos 15 años. Aunque estos requisitos parecen sencillos, hay casos en los que cumplir las condiciones puede ser complicado, especialmente en mujeres que tuvieron que interrumpir su carrera laboral por el cuidado de los hijos, de algún familiar o por la dificultad para acceder al mercado laboral.
Muchas personas que se encuentran en esta situación, y que nacieron en los años 60, se acercan ahora a un momento de incertidumbre en el que no saben si tendrán derecho a una pensión o como serán las condiciones de ésta. Es por ello que en los últimos años se han ido introduciendo una serie de medidas desde la Seguridad Social para facilitar el cumplimiento de estos requisitos, como puede ser el trabajo a tiempo parcial, que se equiparó a efectos de jubilación con la jornada completa, o la bonificación de 112 días por parto a la mujer trabajadora, aunque muchas veces estas medidas no son suficientes.
En estos casos en los que es imposible atenerse a las condiciones requeridas, se plantean nuevas opciones, y conviene conocer en qué casos se tendrá y en qué casos no acceso a una pensión tras jubilarse. Así lo explica Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en uno de sus vídeos.
Pensiones contributivas
En primer lugar, se debe analizar el caso en el que, por unas condiciones u otras, no sea posible llegar a los 15 años mínimos de cotización antes de jubilarse. En este caso, la respuesta es clara, aunque dura: no se tiene derecho a disfrutar de una pensión contributiva. Llegar a esta cantidad de años es innegociable para la Seguridad Social, como dice Muñoz Cuenca: "así, sin matices, es un sistema de todo o nada", es decir, o se cotizan mínimo 15 años o no hay pensión.
Por otra parte, en trabajadores cuyo tiempo de cotización sea justo quince años o aproximado, se puede tener derecho a pensión, pero ésta será muy baja. En estos casos, se permite complementarla hasta llegar al nivel de la pensión mínima, siempre y cuando no se supere un nivel de ingresos. Estas pensiones concretas son: de 888 euros cuando existe un cónyuge no a cargo, 936€ sin cónyuge o 1.256€ con cónyuge a cargo.
De esta manera surgen varias preguntas, por ejemplo, por qué las personas que no llegan a los 15 años cotizados no pueden disfrutar de una pensión o por qué el sistema no es más flexible con aquellas personas que han tenido una carrera laboral más complicada. La respuesta en la mayoría de casos es que para ello existen las pensiones no contributivas.
Pensiones no contributivas
Los requisitos establecidos para poder acceder a una pensión no contributiva son distintos, y en este caso son 3: tener 65 años o más, haber residido legalmente en España durante al menos 10 años (dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud) y tener ingresos inferiores a los 8.803,20 € al año. En el caso de vivir con otra persona, los límites suben, aunque siguen siendo bastante restrictivos. En una unidad de convivencia en la que haya dos convivientes, el límite de ingresos establecido es de 14.900€ al año.
Existe un caso muy común que se puede analizar: un matrimonio en el que la mujer ha tenido que dejar de trabajar y no alcanza los 15 años de cotización y un marido que tiene una pensión contributiva de 1.100€. Solo con esta pensión, ya se superaría el límite establecido para poder acceder a una pensión no contributiva, por lo que la mujer no tendría derecho a disfrutar de una pensión propia.
Aquí aparece una alternativa ya mencionada, la complementación de la pensión del marido para poder alcanzar el mínimo establecido, es decir los 1.256€ establecidos para pensiones con cónyuge a cargo. Sin embargo, la situación hace que la mujer siga sin derecho a pensión, perdiendo la independencia económica y siendo dependiente del marido.
Por ello, el experto reclama que se establezca una pensión más justa con estos casos, con todos aquellos que han sostenido la sociedad y que han cuidado de hijos y mayores sin haber cotizado, para garantizar no solo números sino dignidad e independencia económica. Es decir, que no sea necesario alcanzar los quince años para poder tener una pensión contributiva, y que se establezca una pensión proporcional a estos supuestos.
