Economía

Las personas mayores de 60 años no sanas pueden solicitar la baja laboral durante el encierro

Pepa Montero

Martes 14 de abril de 2020

7 minutos

Este aislamiento se considera accidente de trabajo para la prestación de incapacidad temporal

Las personas mayores de 60 años no sanas pueden pedir baja laboral durante encierro
Pepa Montero

Martes 14 de abril de 2020

7 minutos

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España sigue estando en alerta sanitaria, lo que significa que desde este lunes solo pueden acudir a sus centros de trabajo físicos los trabajadores de actividades esenciales, y los no esenciales cuya actividad fue suspendida el 29 de marzo que no puedan teletrabajar, siempre y cuando estén sanos y sus empresas les aseguren que se cumplen las medidas sanitarias y de distancia social que impidan la propagación del coronavirus.

Hay una serie de colectivos eximidos de volver al trabajo, entre ellos las personas vulnerables por razón de edad, según anunció el sábado el ministro de Sanidad, Salvador Illa (@salvadorilla), aunque su departamento no ha concretado a partir de qué edades o qué requisitos deben cumplir los efectados, limitándose a recordar la información contenida en la Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo, donde no se especifican todos estos supuestos, y recalcando que "la atención primaria continúa siendo un eje fundamental en el seguimiento de los pacientes y en la atención ante cualquier eventualidad".

 

 

En cambio, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (@info_TGSS) sí ha especificado a 65Ymás que "las personas especialmente vulnerables frente al riesgo del COVID-19 por edad (personas con más de 60 años, no sanas), no deberán acudir al puesto de trabajo en tres supuestos: nivel de riesgo del puesto de trabajo; grado de vulnerabilidad de la persona; e imposibilidad de adaptar el puesto de trabajo. Para ello, deben ponerse en contacto con el servicio de prevención de riesgos laborales de su empresa o área similar de la misma, quienes evaluarán estas tres circunstancias y emitirán el correspondiente informe".

Una vez que la empresa haya elaborado dicho informe, si este resulta favorable al empleado y señala la imposibilidad de que la persona vulnerable acuda al puesto de trabajo, "el trabajador debe hacerlo llegar a su médico de atención primaria para que emita la correspondiente baja laboral por el tiempo que sea preciso. Esta situación de aislamiento se considera una situación asimilada a accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal", según aclara la Seguridad Social.

 

 

Esta misma consideración de colectivos "especialmente vulnerables" tienen asimismo las embarazadas y todas aquellas personas que padezcan afecciones médicas como por ejemplo hipertensión, diabetes, cáncer, inmunodepresión, enfermedad cardiovascular o pulmonar, al margen de su edad. 

Regreso al trabajo escalonado y con medidas preventivas

En este regreso escalonado a la actividad laboral, el Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, insiste en tres prioridades: mantener una distancia entre personas mínima de un metro y recomendada de dos metros; higiene frecuente, sobre todo de manos; e higiene de espacios públicos y privados. 

 

El  ministro de Sanidad, Salvador Illa.
El  ministro de Sanidad, Salvador Illa.  

 

Además de los mayores de 60 años no sanos, de las embarazadas y de personas con patologías que las hagan especialmente vulnerables, Sanidad prohíbe la incorporación al trabajo en otras dos situaciones:

-Si la persona presenta cualquier sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar...) asociada con el COVID-19 no debe acudir al trabajo y tiene que contactar con el teléfono de atención al COVID-19 de su comunidad autónoma o su centro de atención primaria. La guía editada por Sanidad insta a no acudir a su puesto de trabajo hasta que le confirmen que no hay riesgo para él o para los demás. Y a consultar el Decálogo de cómo actuar en caso de presentar síntomas de la enfermedad.

-Si la persona ha estado en contacto directo y estrecho (familia, personas en el mismo lugar que un caso mientras el caso presentaba síntomas a menos de dos metros durante 15 minutos) o ha compartido espacio sin guardar la distancia con un contagiado por COVID-19. El Ministerio de Sanidad recalca que estas personas no deben volver a trabajar, aunque no padezcan síntomas, por un espacio de al menos 14 días. 

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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