Economía

Último mes de 2025: se agota el tiempo para la devolución del IRPF a los mutualistas jubilados

Beatriz Torija

Jueves 4 de diciembre de 2025

6 minutos

Hacienda ha devuelto 2.350 millones hasta octubre y se desconoce cuántos afectados quedan sin cobrar

Último mes de 2025: se agota el tiempo para la devolución del IRPF a los mutualistas jubilados
Beatriz Torija

Jueves 4 de diciembre de 2025

6 minutos

Queda menos de un mes para que concluya 2025. Menos de 30 días de diciembre, con las fiestas por medio, para que los jubilados que fueron mutualistas reciban las devoluciones de IRPF a las que tienen derecho, por sentencia del Tribunal Supremo. El compromiso del Gobierno era realizar todos los pagos este año, pero también fue hacerlo en un solo pago, cosa que no está ocurriendo. Algunos han recibido la devolución de todos los años; otros, solo la de alguno de los ejercicios fiscales que les deben; y otros, nada. Pero no hay datos concretos de cómo evolucionan esos pagos ni el porcentaje de afectados que queda por cobrar. Incluso quienes a principios de otoño daban un voto de confianza a la Agencia Tributaria, tiran la toalla. La paciencia, como el tiempo, se agota.

¿Cuántos mutualistas quedan por cobrar?

Es difícil saber qué cantidades se han abonado ya, cuantos mutualistas han cobrado, y cuántos siguen esperando. El mutismo desde la administración es grande. Esa es una de las principales quejas de los afectados. Desde las asociaciones de mayores y las federaciones de jubilados y pensionistas de los sindicatos mayoritarios consultados por este diario, se quejan del incomprensible silencio de Hacienda. “No tenemos información. Nosotros, al menos, no tenemos información fidedigna”, nos dicen estas fuentes.

Tan solo sabemos que hasta octubre, se han devuelto 2.350 millones de euros, según el último informe mensual de recaudación tributaria publicado. Si Hacienda ha acelerado el paso en noviembre o si lo hará este diciembre para cumplir su compromiso con los mutualistas, es un misterio.

Antes del fin de 2025: compromiso del Gobierno

El compromiso del Gobierno es realizar las devoluciones a lo largo de 2025, antes de que acabe el año.  Así lo dijo la propia vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero:

 

 

María Jesús Montero hacía estas declaraciones a finales del pasado mes de marzo, cuando anunció la rectificación de una decisión injusta y arbitraria, en opinión de los afectados, los sindicatos y asociaciones de mayores. Recordemos que hace ahora casi un año, Hacienda decidía suspender el sistema de devoluciones, que estaba funcionando, en mitad del proceso, para sustituirlo por otro más farragoso. Obligaba a los mutualistas a solicitar de nuevo la devolución y a hacerlo durante varios años.

En un principio, los jubilados pendientes de su IRPF contaban con que la Agencia Tributaria realizaría estas devoluciones, no solo a lo largo de este 2025, sino también en un solo pago, en un solo abono. Sin embargo no ha sido así. Ahora, empiezan a temer que Hacienda no cumpla tampoco con los tiempos.

Después de las palabras de María Jesús Montero, y coincidiendo con el inicio de la campaña de la Renta, Hacienda aprobaba un nuevo formulario online para que estos pensionistas solicitaran, de nuevo, la devolución del ejercicio 2019. El cambio normativo aprobado en julio (la Disposición Final 16ª de la Ley 5/2005 de 24 de julio) permitió que con esa solicitud de 2019, automáticamente se abonara también la del resto ejercicios no prescritos: 2020, 2021 y 2022, sin necesidad de más gestiones.

Los mutualistas jubilados urgen a Hacienda: debe acelerar para pagar todas las devoluciones en 2025. Foto: bigstock

¿Quienes tienen derecho a devolución?

Los mutualistas que cotizaron a las mutualidades laborales (en lugar de cotizar a la Seguridad Social) entre los años 1967 y 1978, y aquellos que cotizaron con anterioridad a 1967, antes de la integración de esas Mutualidades en la Seguridad Social, tienen derecho a la devolución en un único pago de las cuotas abonadas que no fueron susceptibles de reducción en IRPF en el momento en que fueron abonadas. Así lo aprobó el Congreso de los diputados incluyéndolo en la Disposición Final 16ª de la Ley 5/2025, que entró en vigor el pasado 26 de julio.

Pero, ¿dónde está el origen de estas devoluciones? Esto surge tras una Sentencia del Tribunal Supremo que reconoció a los pensionistas que cotizaron a la Mutualidades Laboralesel derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 25%, por sus cotizaciones entre 1967 y el 31 de diciembre de 1978 (es decir, solo tributará un 75% de esa parte de la pensión). En el caso de las personas que eran mutualistas con anterioridad a 1967 la reducción puede alcanzar el 100% y, por tanto, esa parte de la pensión no tributaráEse reconocimiento del Supremo estaba fundado en que las aportaciones a mutualidades laborales durante esos años no fueron deducibles fiscalmente.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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