Economía

Los Técnicos de Hacienda plantean un nuevo impuesto para sustituir el de la plusvalía

Raúl Arias

Viernes 29 de octubre de 2021

4 minutos

Gestha propone un tributo directo, objetivo, no periódico y de titularidad municipal

Los Técnicos de Hacienda plantean un nuevo impuesto para sustituir el de la plusvalía (BigStock)
Raúl Arias

Viernes 29 de octubre de 2021

4 minutos

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Tras la anulación del impuesto de plusvalía por parte del Tribunal Constitucional, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han manifestado su rechazo a la supresión del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías), debido al agujero de 2.500 millones de euros que provocaría en las arcas municipales, después de que el cálculo del tributo haya sido declarado inconstitucional y se haya paralizado de facto su aplicación.

Para contrarrestar esta suspensión, Gestha propone un nuevo impuesto municipal de plusvalías de los terrenos (urbano y rústico) que se determine por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión del suelo, incluidas las plusvalías generadas en menos de un año, que pueden ser plusvalías especulativas. Tal y como explican los expertos tributarios, debería de ser un impuesto directo, de carácter real, objetivo, no periódico, de titularidad municipal y de carácter potestativo, cuyo desarrollo reglamentario seguirían siendo las ordenanzas fiscales que aprueben los ayuntamientos.

No se pagaría si la diferencia es negativa 

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Para este nuevo tributo, los técnicos sugieren que la plusvalía se calcule según las reglas del IRPF o el Impuesto sobre Sociedades y que a la diferencia positiva se aplique, en el caso de que esté construido, el porcentaje que represente el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total. De esta forma, la base imponible será siempre una plusvalía del suelo, y no se exigirá el tributo si la diferencia es negativa.

Para evitar el fraude extendido de escriturar un valor por debajo del precio realmente pagado, Gestha considera que el valor de transmisión sea el mayor entre el valor real o el valor de referencia que determinará el Catastro, con posibilidad de que el sujeto pasivo pueda impugnar dicho valor de referencia y probar que existe alguna circunstancia singular que afecta a la valoración del suelo, de forma que se exija el tributo conforme a la capacidad económica real.

Evitar la doble imposición

En las compraventas inmobiliarias entre particulares, sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, los Técnicos de Hacienda recomiendan que el nuevo Impuesto de Plusvalías se exija al vendedor por el aumento de valor de los terrenos urbanos, al que también se le exigirá el IRPF por la ganancia o pérdida patrimonial obtenida.

Y con el objetivo de evitar una doble imposición en estos casos, proponen que el nuevo tributo sea deducible de la base imponible del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades del vendedor que grava la ganancias o pérdida patrimonial producida.

Por el contrario, Gestha aclara que no existe doble imposición en Sucesiones o Donaciones, donde el Impuesto de Plusvalías se exige al heredero o al donatario que reciben los inmuebles, porque la teórica ganancia patrimonial en el IRPF no se exige al donante, ni a los herederos de la persona fallecida.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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