Movilidad

La DGT aclara la eterna polémica: ¿se puede adelantar a un ciclista en línea continua?

María Martínez Denia

Sábado 24 de junio de 2023

3 minutos

Los adelantamientos pueden ser muy peligrosos para los ciclistas si no se realizan de forma adecuada

La DGT aclara la eterna polémica: ¿se puede adelantar a un ciclista en línea continua?
María Martínez Denia

Sábado 24 de junio de 2023

3 minutos

En el año 2022, en España fallecieron 44 ciclistas, según el Ministerio del Interior. La carretera es uno de sus grandes peligros, especialmente durante los adelantamientos en los que la ley permite que los vehículos les adelanten en línea continua, pero siguiendo una serie de pautas.

Así pues, ¿se puede adelantar en línea continua a ciclistas? La respuesta es fácil: sí se puede, pero siguiendo una serie de pautas.

El primer paso que debe realizar un turismo si quiere adelantar a un ciclista es reducir un poco la velocidad y mantener la distancia, puesto que hay una medida obligatoria de 1,5 metros. Además, hay que fijarse en que en ese tramo no haya ninguna señal de prohibido adelantamiento por falta de visión.

Si no se cumplen los requisitos mencionados porque el arcén no es lo suficientemente grande, habría que mirar que no venga nadie en el otro sentido, y señalizando con las luces intermitentes del movimiento que se va a realizar, separarnos lo mínimo para que se dé ese metro y medio de distancia con la bicicleta.

 

La DGT aclara la eterna polémica: ¿se puede adelantar a un ciclista en línea continua o no?

 

La legislación española contempla una ley, aplicable fuera de las ciudades para ciclistas, animales, personas y coches aparcados. Este es el artículo 85 del reglamento general de circulación, que dictamina: "Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar, poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario".

Si se incumplen las medidas, y por tanto la ley, el conductor deberá abonar una sanción de 200€ y se le retirarán 6 puntos en el carnet de conducir. Mientras tanto, el ciclista tiene la obligación de circular con casco y llevar luces para que resulte visible para los automóviles, incluso ropa reflectante. En el mismo caso, si no se cumplen estas indicaciones, el ciclista será multado con 200€.

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María Martínez Denia

María Martínez Denia, redactora

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