¿Viajas al extranjero este verano? Los servicios que cubre la Tarjeta Sanitaria Europea
Esta tarjeta permite viajar de forma segura por Europa y recibir asistencia sanitaria básica
Para viajar al extranjero hay que tener en cuenta todo tipo de detalles, desde alojamiento hasta transporte, pero sin dejar de lado algo tan básico como la salud. Para viajar de forma segura por Europa, teniendo cubierta la asistencia sanitaria en caso de enfermedad o accidente, es recomendable llevar con nosotros la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
Este documento, personal e intransferible, es de carácter gratuito y acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias siempre que resulten necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en los veintisiete países miembros de la Unión Europea, así como en Reino Unido, Liechtenstein, Islandia y Suiza. Sin embargo, no cubre la asistencia en Andorra donde se necesita un certificado especial.
Para solicitarla, se puede hacer de manera gratuita a través de los canales oficiales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y conviene consultar los servicios que cubre y el periodo de validez.

¿Qué cubre la Tarjeta Sanitaria Europea?
La TSE puede ser utilizada independientemente de si el objeto de la estancia es turístico, una actividad profesional o la realización de estudios. El solicitante podrá recibir asistencia médica como si fuese un residente más del país en cuestión.
A pesar de ello, la TSE solo cubre los gastos médicos durante la estancia por problemas de salud a no ser que se padezcan enfermedades crónicas, como diálisis renal, oxigenoterapia o ecocardiografía en caso de enfermedades autoinmunes o quimioterapia. En estos casos, se debe llegar a un acuerdo entre el asegurado y la unidad que dispense el tratamiento en el lugar de destino.
Por otra parte, la TSE no será valida cuando el objeto del desplazamiento sea únicamente el de recibir un tratamiento médico, para lo que existe un trámite específico a través de un formulario emitido por el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS), previo informe del Servicio de Salud. Tampoco será válida si trasladas tu residencia al territorio de otro Estado.
Para solicitarla, el titular de derecho debe cumplir con los requisitos exigidos por la legislación española y los Reglamentos Comunitarios de la Seguridad Social. Para saber si se tiene derecho a la asistencia sanitaria se puede solicitar el documento acreditativo del derecho de Asistencia Sanitaria en la web de la Seguridad Social.
Así, las personas que no sean de los Estados en los que la TSE tiene validez y viajen a alguno de los países adscritos a ella no podrán obtener la asistencia médica.
Cómo solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea
A través de la página web 'Prestaciones' del Instituto Nacional de la Seguridad Social, los usuarios beneficiarios de asistencia sanitaria pueden solicitar la TSE identificándose mediante certificado electrónico, Cl@ve o vía SMS.
Si se elige esta última, se debe tener en cuenta que el teléfono móvil debe constar en la base de datos de la Seguridad Social, y en caso de que no lo haga, debe registrarse en Impor@ss, donde se ha de identificar mediante una foto y el DNI.
En el portal Tu Seguridad Social, la solicitud se podrá hacer tanto como interesado (en nombre propio) como a través de representante o apoderado, siempre que esté inscrito como tal. Las vías de identificación son las mismas que en la Sede Electrónica.
Además, se debe indicar el domicilio al que se quiere que se envíe la tarjeta y solicitar para los beneficiarios de asistencia sanitaria asociados.
Si el motivo del desplazamiento es el de cursar programas de estudios oficiales de la Unión Europea o en centros de enseñanza para la obtención de un título público oficial, se podrá acceder a la TSE aportando documentación acreditativa de los estudios a realizar.
La TSE tiene una validez con carácter general, de hasta dos años desde la fecha de su emisión, aunque hay colectivos como los jubilados que pueden disfrutarla hasta 5 años. En caso de que ya se disponga de la TSE, ésta se puede renovar por las mismas vías por las que se solicitó, y llegará una nueva tarjeta en el mismo plazo que se solicitó por primera vez. Esta renovación debe hacerse 60 días antes de la fecha de su caducidad.
Dadas las circunstancias de que el desplazamiento sea inminente y no se disponga aún de la TSE, se debe solicitar el Certificado Provisional Sustituitorio (CPS) a través de la web de la Seguridad Social. Éste ofrece la misma cobertura que la TSE, por un máximo de 90 días al año.
