Sociedad

Las normas para circular en bicicleta que seis de cada 10 españoles desconoce

65ymás

Lunes 1 de junio de 2020

6 minutos

La DGT lanza una campaña para promover el uso de la bicicleta

Las normas para circular en bicicleta que seis de cada 10 españoles desconoce
65ymás

Lunes 1 de junio de 2020

6 minutos

La Dirección General de Tráfico (@DGTes) lanzaba la semana pasada en sus redes sociales una nueva campaña divulgativa para fomentar el uso de la bicicleta en las ciudades, haciéndolo coincidir con el avance de fase en casi todas las provincias y que está generando una mayor movilidad.

Son numerosas las iniciativas relacionadas con la movilidad ciclista que se están desarrollando en el mundo y que se han convertido en prioritarias desde la aparición de la pandemia de coronavirus, pero tal y como incide la DGT, "la promoción de la bicicleta ya estaba en la agenda internacional antes de que el COVID-19 surgiera".

Y es que se prevé que el uso bicicletas se multiplique por siete tras el confinamiento, debido a que la pandemia del coronavirus dejará su huella en la sociedad, que preferirá optar por desplazarse en transportes que no supongan contacto personal con otros ciudadanos. Tal como ha indicado el comparador de seguros online Acierto.com, el 20% de las personas que utilizaba el transporte público para acudir a su puesto de trabajo antes de la pandemia, ahora lo hará a través de medios privados y hasta una cuarta parte de quienes se desplazaban andando usará su vehículo tras el estado de alarma.

Ante el aumento del uso de la bicicleta es importante conocer la normativa y más tienendo en cuenta que, según el último Barómetro de la Bicicleta y tal y como explica la Revista de la DGT, seis de cada diez españoles no conoce la normativa sobre circulación de bicicletas, incluidos cuatro de cada diez usuarios de bici.

Estas son las normas a cumplir, tanto si se es conductor de una bicicleta o si se es conductor de cualquier otro vehículo:

Adelantamiento a ciclistas: La Ley de Seguridad Vial establece que el vehículo que adelante a un ciclista o conjunto de ellos, deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada, pudiendo rebasar la línea continua, siempre en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima 1,5 metros.

Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.

Es aconsejable también, que antes de adelantar, se reduzca la velocidad a la que el vehículo circula para adelantar al ciclista de forma más segura, evitando así sorprenderle.

- Glorietas: Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso, porque de esa forma se refuerza su seguridad.

 

Autovías y autopistas. En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Los ciclistas tienen prohibido circualr por autopistas. 

 

- Casco de protección: El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Para los mayores de 16, no es obligatorio, aunque Tráfico recomienda su uso.

Sergio Grajera detalle

 

- Visibilidad de usuarios vulnerables: Es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche o en situaciones de escasa visibilidad.

Ciclista DETALLE

 

- Alcohol y drogas: Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción.

Control alcohol drogas DETALLE

 

- Cumplimiento de las normas: Los ciclistas como conductores tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial y muy especialmente cuando están en las proximidades de peatones.

bicicleta

Sobre el autor:

65ymás

… saber más sobre el autor