Miriam Gómez Sanz
Sociedad
Normas para la recolección de setas: guía por comunidades autónomas
Consulta los límites y permisos necesarios antes de salir al monte
La temporada de setas llega cada otoño acompañada de una gran afluencia de aficionados al monte. Pero no en todos los lugares se puede recolectar del mismo modo. Cada provincia e, incluso, cada comarca, cuenta con sus propias normas, límites de cantidad y tipos de permisos.
A continuación, repasamos la regulación vigente en cada zona. Este resumen puede servirte como guía general, pero antes de salir al monte conviene revisar siempre la normativa específica del lugar donde vayas a recolectar, ya que las condiciones pueden variar.
Castilla y León
En esta comunidad, la recogida y venta de setas y hongos está regulada por la Ley de Montes. Para recolectar es necesario un permiso, que puede ser diario (entre 5 y 15€) o de temporada (de 3€ a 400€, según el tipo de recolector). Los permisos se gestionan a través del programa Micocyl o en los Puntos Privados de Expediciones de Permisos. La cantidad máxima más habitual es de 5 kg por persona y día, aunque hay excepciones según la zona.
- Ávila: los permisos recreativos se limitan a 5 kg/día, mientras que los comerciales permiten hasta 50 kg.
- Burgos: las cantidades dependen de la comarca. En Demanda-San Millán, por ejemplo, los recolectores recreativos pueden recoger 2 kg/día de perretxico o 5 kg/día de setas, mientras que los comerciales tienen límites de 10 kg/día de perretxico o 20 kg/día de setas, y los permisos comerciales + permiten hasta 50 kg/día. En Valle de Mena, los límites recreativos son de 2 kg/día de perretxico o 4 kg/día de setas, y los comerciales 10 kg/día de perretxico o 20 kg/día de setas. En Montes de Oca, los recreativos pueden coger 2 kg/día de perretxico o 5 kg/día de setas, mientras que los comerciales alcanzan 10 kg/día de perretxico o 20 kg/día de setas.
- León: en el acotado del río Cea y en municipios como Santa Colomba de Somoza se necesita un permiso para obtener más de 3 kilos.
- Palencia: se permite la recolección de hasta 3 kg/día sin necesidad de permiso.
- Ribera de Cañedo (Salamanca-Zamora): los límites son 5 kg/día recreativos y 20 kg/día comerciales.
- Segovia: los Montes de Segovia permiten a los recolectores recreativos hasta 5 kg/día, aunque para las setas de cardo y los perrechicos el límite es de 3 kg/día. Los permisos comerciales llegan a 10 kg/día para estas especies y 50 kg/día para el resto.
- Soria: los permisos recreativos permiten recoger hasta 5 kg durante dos días consecutivos, y los comerciales (para recolectores locales o vinculados) hasta 30 kg diarios.
- Valladolid: los montes de Torozos, Mayorga y Pinares establecen 5 kg/día para recolectores recreativos y 20 kg/día para comerciales.
- Zamora: los montes permiten 5 kg/día recreativos y hasta 100 kg/día comerciales.

Galicia
Desde 2014, la Xunta limita la recogida a 2 kg por persona y día para autoconsumo. Con fines comerciales puede superarse esta cantidad, pero siempre con permiso. Está prohibido remover el suelo, usar rastrillos o recolectar de noche. Las multas por incumplir la normativa pueden alcanzar los 1.000 €.
Dado que la mayoría de los montes gallegos son de propiedad privada, hay que respetar las fincas y solo recolectar en zonas públicas o en parques municipales donde esté permitido.
Aragón
La normativa autonómica establece tres niveles:
- Aprovechamiento episódico (consumo propio): hasta 3 kg/día. Excepto en zonas cuyo propietario señale una limitación diferente o el terreno posea su propia regulación.
- Permiso ordinario: hasta 12 kg/día.
- Permiso comercial: hasta 60 kg/día.
En zonas protegidas, como el Parque Natural de los Pirineos, es obligatorio contar con permiso específico.
Comunidad de Madrid
La ley permite recolectar con el consentimiento tácito del propietario. En el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, municipios como Rascafría, Miraflores de la Sierra o Lozoya exigen permiso municipal (5 €/día para foráneos y hasta 10 kg por persona y día). No se cobran tasas en el resto de montes públicos.
Castilla-La Mancha
La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural distingue tres modalidades de recolección:
- Episódica: sin ánimo de lucro y para autoconsumo, hasta 5 kg/día.
- Regulada: en Cotos de Setas, requiere permiso (recreativo, comercial o educativo).
- Reservada: exclusiva para el propietario del monte.
En la Mancomunidad de La Sierra, el permiso recreativo permite 5 kg/día y el comercial (solo para vecinos) es ilimitado.
Comunitat Valenciana
Según la Generalitat Valenciana, la recolección para consumo propio está permitida hasta 6 kg/día, sin necesidad de autorización de la Administración forestal. Para cantidades mayores o con fines comerciales, se requiere permiso de la Administración o del propietario. Se aconseja consultar las posibles ordenanzas municipales antes de salir al monte.

Cataluña
En general, no se exige permiso en zonas permitidas, aunque sí hay regulaciones locales. En 2015, el Govern intentó limitar la recolección de setas en algunas zonas solo a quienes tuvieran un carnet de recolector, con límites de 6 kg para aficionados y 35 kg para profesionales. La medida nunca se aplicó por el malestar generado.
Euskadi
Se prohíbe recolectar especies protegidas, remover el suelo y emplear navajas o cuchillos.
En el Parque micológico de Gorbeialdea, la autorización es obligatoria y permite recoger 2kg diarios por personas, con permisos diarios (10 €), semanales (15 €) o de temporada (50 €).
Principado de Asturias
No existe regulación general. Se puede recoger libremente salvo en parques naturales o reservas de la biosfera, donde sí puede requerirse permiso.
En Boal, por ejemplo, es necesario sacar permiso y el máximo es de 10 kg/día (6 kg para no empadronados o sin vivienda).
Comunidad Foral de Navarra
Cuenta con una Red de Acotados de Setas con un total de 16 espacios con normas propias. Los permisos pueden ser ordinarios (consumo propio) o especiales (asociaciones o empadronados). La cantidad máxima de setas a recolectar varía según el lugar escogido, pero el límite habitual es de 8 kg/día.
Cantabria
Los vecinos no necesitan permiso. Los no censados o recolectores comerciales deben pagar una tasa: 30 €/temporada. Además, deberán pagar 10 €/día hasta 50 kg; 50 € si se supera esa cantidad. Para autoconsumo, el máximo por persona y día es de 3 kg.

Extremadura
No hay normativa autonómica. Algunos ayuntamientos exigen permisos, mientras que en otros la recolección es libre. Se recomienda consultar siempre con el municipio correspondiente.
La Rioja
En terrenos acotados se necesita permiso del propietario, siempre nominativo y temporal.
Ejemplos:
- Torrecilla en Cameros / Nestares: 8 kg/día.
- Cebollera: 6 kg/día.
Andalucía
La recolección para autoconsumo está permitida sin permiso especial. Sin embargo, sí que hay restricciones sobre la cantidad máxima que cada persona puede recoger al día, las cuales varían según la provincia. Por ejemplo, en Málaga es de 3 kg/día y en Córdoba, Almería, Jaén y Granada de 5 kg/día.
Canarias
En espacios protegidos de Tenerife, como La Corona Forestal o Las Lagunetas, se exige presentar una declaración responsable gratuita antes de recolectar. El límite suele ser de 3 kg/día, y cada persona debe tramitar su propia autorización.
En el resto de territorios
En las Illes Balears, la Región de Murcia, Ceuta y Melilla no existe una regulación específica sobre la recolección de setas, aunque algunos parques naturales o ayuntamientos pueden establecer normas propias, por lo que conviene consultarlo antes de salir al monte.



