Sociedad

Requisitos para pedir las ayudas para la rehabilitación de viviendas

65ymás

Miércoles 28 de septiembre de 2022

7 minutos

Casi todas las CCAA publican las convocatorias de ayudas del programa de rehabilitación residencial

Requisitos para pedir las ayudas para la rehabilitación de viviendas
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Miércoles 28 de septiembre de 2022

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La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha destacado este lunes que el 80% de los hogares ya pueden pedir las subvenciones europeas para rehabilitación residencial, en el marco de las inversiones previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Y es que casi todas las comunidades han publicado ya las convocatorias de ayudas del programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales, dotado con 3.420 millones de euros, de los que ya se han movilizado 1.151 y están en proceso 1.389 millones.

Así lo ha expresado la ministra en el Foro de rehabilitación residencial celebrado este lunes en la sede de Ministerio y que ha contado con la presencia de representantes del sector de la construcción, del inmobiliario, de la arquitectura, y de las entidades financieras, entre otros.

 

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez

 

En su intervención, Raquel Sánchez ha defendido la oportunidad que suponen el Plan de Recuperación y los fondos europeos en el ámbito de la rehabilitación residencial, ya que permiten impulsar la eficiencia energética y mejorar los hogares, edificios residenciales y barrios. En este contexto, ha abogado por aunar esfuerzos, apuntando que "invertir en rehabilitación es hacerlo también en desarrollo económico y social".

En su discurso, la ministra ha hecho un repaso sobre la situación del parque edificatorio en España, que cuenta aproximadamente con 25,7 millones de viviendas, de las que cerca de 19 millones son primera residencia. De ellas, más de la mitad son anteriores al año 1980, por lo que "son muy mejorables" en eficiencia energética, y más de un millón están en mal estado, deficiente o ruinoso.

Asimismo, ha apuntado que, en el ámbito rural, el 30% del parque edificatorio es anterior a 1960, y las viviendas secundarias y vacías suponen el 44%, 15 puntos más que la media nacional. Respecto a estas últimas, más del 24% están en estado deficiente o ruinoso; y, en valores absolutos, más de 410.000 viviendas vacías son prácticamente inhabitables.

Según ha explicado, la tasa de rehabilitación en España no alcanza el 0,1% anual del total de viviendas, frente a Francia o Noruega, donde el porcentaje de viviendas rehabilitadas al año es del 2%; en Alemania ronda el 1,5%; y en Italia se sitúa en el 0,77%, por lo que, con los fondos, se persigue contribuir a impulsar este tipo de inversiones.

Multiplicar por 10 las rehabilitaciones

Así, ha subrayado que el objetivo es aproximarse a las 300.000 actuaciones al año, que es la meta fijada a 2030 en el Plan Nacional Integrado de Economía y Clima. En definitiva, se trata de multiplicar por diez las rehabilitaciones residenciales anuales a lo largo de esta década.

Para conseguirlo, tal y como ha incidido, hay que rehabilitar 1,2 millones de viviendas hasta 2030 y, en paralelo, acometer anualmente un proceso similar con 300.000 metros cuadrados (m2) de edificios del sector terciario, tanto públicos como privados.

Al respecto, ha agregado que cumplir este objetivo supondrá una reducción del consumo anual de energía primaria en el entorno de 3.000 gigavatios hora al año, lo que equivale a un 23% del ahorro que el Plan de Energía y Clima establece para todo el sector residencial.

 

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Requisitos

Aunque los requisitos y condiciones pueden cambiar puntualmente en cada comunidad autónoma, se toma como base lo establecido en el Real Decreto 853/2021. En el mismo se establecen los requisitos de los edificios objeto de las actuaciones subvencionables:

a) Estar finalizados antes del año 2000.

b) Que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

c) Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios de que se trate, salvo en los casos de edificios de propietario único.

Los requisitos antes citados se podrán acreditar mediante escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.

El proyecto incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes condiciones:

a) Al menos el 70  (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se preparará para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.

b) Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición. Asimismo, se establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma selectiva y la clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.

Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en particular, demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje.

Cuantía de las ayudas

1. La cuantía máxima de la subvención para Libros del edificio existente para la rehabilitación será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.

b) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros, más una cantidad de 40 euros por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 3.500 euros.

Si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50%.

2. En el supuesto de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios la cuantía máxima de la subvención será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000 euros, más una cantidad de 700 euros por vivienda.

b) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros, más una cantidad de 300 euros por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 30.000 euros.

La cuantía de la ayuda no podrá superar en ningún caso el coste total, excluidos los impuestos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.

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